Gestión Académica Acuerdo 03 del 23 de mayo de 2024- Reforma del SIE

 

INSTITUCIÓN EDUCATIVA

“EDUARDO FERNÁNDEZ BOTERO”

AMALFI- ANTIOQUIA

DANE: 105031001516                                                                                                     NIT. 811024125-8

Establecimiento Educativo de carácter Oficial, Mixto, Calendario A.

Con reconocimiento oficial según: Resolución Departamental de Reorganización N° S 130091 del 28 de octubre de 2014, Resolución Departamental 018975 del 16 de octubre de 2008, Resolución 9216 del 16 de noviembre de 2004, Resolución Departamental 0849 de febrero 7 de 2003 y Resolución 0808 del 6 de febrero de 2003

 
   

 

ACUERDO 03

(23 de mayo de 2024)

Por el cual se reforma el Sistema Institucional de Evaluación y Promoción de la Institución Educativa “Eduardo Fernández Botero del municipio de Amalfi, Antioquia

 

El Consejo Directivo de la Institución Educativa “Eduardo Fernández Botero” en uso de sus atribuciones legales, en especial las conferidas en la Ley 115 de 1994, Decreto 1860 de 1994, Decreto 3011 de 1997, Ley 715 de 2001, Decreto 1290 de 2009, y las normas compiladas y racionalizadas en el Decreto Ley 1075 de 2015 o Estatuto Único Reglamentario del Sector de la Educación, y

 

CONSIDERANDO

 1.     Que la Ley 115 de 1994 en sus artículos 78 y 79 determina que los establecimientos educativos al conformar su Plan de Estudios deben definir, entre otros aspectos, los criterios de evaluación del educando.

2.     Que la Ley 115 de 1.994 y el artículo 15 del decreto reglamentario 1860 de 1.994 concede a las instituciones autonomía para construir su proyecto educativo Institucional.

3.     Que el Decreto 1290 de 2009 da plena autonomía a las instituciones educativas en materia de currículo, evaluación y promoción de los educandos y evaluación institucional.

4.     Que el Decreto 1290 de 2009 estableció los lineamientos generales y específicos para los procesos de Evaluación y Promoción de los estudiantes.

5.     Que corresponde al Consejo Directivo aprobar el Sistema Institucional de Evaluación y Promoción de Estudiantes, de acuerdo a la estructura y requerimientos señalados específicamente en el Artículo 4° del Decreto 1290 de 2009.

6.     Que el Decreto 1421 del 29 de agosto de 2017 reglamenta la atención educativa a la población con discapacidad en el marco de la educación inclusiva, por lo tanto, las decisiones de tipo académico deben ser sustentadas bajo estos lineamientos.

7.     Que según Resoluciones Departamentales 008965 del 21 de junio de 1994, 0849 del 7 de febrero de 2003, 018975 del 16 de octubre de 2008 y S130091 del 28 de octubre de 2014, La Institución Educativa Eduardo Fernández Botero, está autorizada para otorgar el título de Bachiller Académico y Bachiller Técnico y expedir el respectivo Diploma.

8.     Que mediante Resolución número S130091 del 28 de octubre de 2014, el Departamento de Antioquia reorganizó la Institución Educativa Eduardo Fernández Botero y definió como sus sedes a: IE. Eduardo Fernández Botero (Sede Principal), IE. María Auxiliadora, I.E.R. Salazar, I.E.R. El Jardín, I.E.R. Mondragón y C.E.R. La Gardeña, constituyendo la Institución Educativa Eduardo Fernández Botero, la cual funcionará en con un solo Proyecto Educativo Institucional y bajo una sola administración.

9.     Que en virtud de la nueva institucionalidad el Consejo Académico, teniendo en cuenta las características particulares de cada sede y modelos educativos flexibles impartidos, ajusta y actualiza el Sistema Institucional de Evaluación y Promoción de los estudiantes.

10. Que el Consejo Académico, según Actas No. 2 del 18 de marzo de 2024, No. 3 del 22 de marzo de 2024 y No. 4 del 19 de abril de 2024 hizo propuestas de actualización del SIEP.

11. Que el Consejo Directivo, según Acta No. 3 del 23 de mayo de 2024, analizó las propuestas de actualización del SIEP remitidas por el Consejo Académico.

12. Que el Sistema Institucional de Evaluación y Promoción (SIEP) hace parte del Proyecto Educativo Institucional -PEI-

13. Que, con base en las anteriores consideraciones, el Consejo Directivo de la Institución,

 

 ACUERDA

 

Artículo 1°: Adoptar y aprobar el nuevo Sistema Institucional de Evaluación y Promoción -SIEP- de la Institución Educativa Eduardo Fernández Botero.

Artículo 2°: Divulgar y socializar el SIEP a la comunidad educativa en cada uno de los grupos de la institución, por medio de los medios de comunicación internos y de la página web institucional.

 

Artículo 3°: Socializar al inicio de cada año escolar por parte de docentes y directivos docentes el SIEP a los estudiantes, madres y padres de familia.

Artículo 4°: Anexar a este acuerdo el documento del SIEP con los ajustes aprobados.

Artículo 5°: El presente Acuerdo del Consejo Directivo de la Institución Educativa “Eduardo Fernández Botero”, deroga otras disposiciones que le sean contrarias y rige a partir de la fecha de su aprobación el 23 de mayo de 2024.

Para constancia se firma en Amalfi, Antioquia a los 23 días del mes de mayo de 2024

 

COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

 

 

 

GUSTAVO ALBEIRO MARULANDA LENIS          NATALIA TORRES ZAPATA

Rector                                                                         Representante de Padres de Familia

 

 

NATALIA ANDREA URIBE ESCUDERO                LUIS AUGUSTO HERNÁNDEZ CASTRO

Representante de los educadores                                   Representante de los educadores

 

 

NATALIA ALZATE AGUDELO                               MARTHA OLIVA MEDINA B.

Representante Exalumnos                                            Representante de Padres de Familia

 

 

HILLARY MÚNERA TORRES                               ELIANA CORREA OSPINA 

Representante de los estudiantes                                 Representante sector productivo

 

 

 

INSTITUCIÓN EDUCATIVA

EDUARDO FERNÁNDEZ BOTERO

 

 

SISTEMA INSTITUCIONAL DE

EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN (SIEP)

 

 

Orientado por el Consejo Académico y aprobado por el

Consejo Directivo.

 

Acuerdo del Consejo Directivo N° 03 del 23 de mayo del 2024.

Acta del Consejo Directivo Nº 03 del 23 de mayo de 2024 y Resolución Rectoral Nº 04 del 23 de mayo de 2024.

 

 

Amalfi, Antioquia, 23 de mayo de 2024

SISTEMA INSTITUCIONAL DE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN (SIEP)

 

CONTENIDO

 

 

PRESENTACIÓN

CAPÍTULO 1. DEFINICIÓN DEL SISTEMA INSTITUCIONAL DE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN- SIEP-

Artículo 1. Marco Conceptual

Artículo 2. Concepto de Evaluación

Artículo 3. Propósitos de la Evaluación (Art. 3 Decreto 1290)

Artículo 4. Características de la Evaluación

Artículo 5. Ámbitos de la Evaluación

Artículo 6. Marco Legal o Normativo

CAPÍTULO 2. COMPONENTES, CRITERIOS Y PROCEDIMIENTOS PARA LA EVALUACIÓN  

Artículo 7. Criterios de Evaluación

Artículo 8. Aspectos a evaluar en los estudiantes (Qué se evalúa)

Artículo 9. Plan de estudios

Artículo 10. Metodología de la evaluación. (Cómo)

Artículo 11. Tipos De Evaluación

Artículo 12: Procedimientos de Evaluación.

Artículo 13: Procedimientos para la Evaluación en la Media Técnica.

Artículo 14. Evaluación de estudiantes con discapacidad, trastornos, barreras o dificultades para el aprendizaje y talentos excepcionales.

Artículo 15. Actividades de refuerzo y recuperación

CAPÍTULO 3. ESCALA DE VALORACIÓN INSTITUCIONAL

Artículo 16. Escala de valoración institucional y su equivalencia con la escala Nacional.

CAPÍTULO 4. PROMOCIÓN, GRADUACIÓN Y PROCLAMACIÓN

Artículo 17. Promoción

Artículo 18. Criterios de Promoción o Reprobación del año Escolar

Artículo 19. La promoción en el Modelo Escuela Nueva y en Postprimaria

Artículo 20. La promoción en la Media Técnica

Artículo 21. La Promoción de estudiantes con discapacidad.

Artículo 22. Criterios de Graduación y Proclamación de Bachilleres

Artículo 23. Criterios de Graduación.

Artículo 24. Criterios para la Proclamación

Artículo 25. Promoción Anticipada

Artículo 26. Aplazamiento de grado o año escolar

Artículos 27. Situaciones que ameriten el aplazamiento y parámetros que regulan el procedimiento

Artículo 28. Protocolo para el aplazamiento de grado

CAPÍTULO 5. INFORMES ACADÉMICOS

Artículo 29. Periodicidad de entrega de informes a padres de familia y /o representante legal

Artículo 30: Informes parciales

Artículo 31. Estructura de los informes de los estudiantes

Artículo 32. Sistematización de logros e indicadores en cada periodo académico

CAPÍTULO 6. DE LAS COMISIONES DE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN DE LOS ESTUDIANTES

Artículo 33: Comisión de Evaluación y Promoción.

Artículo 34. Conformación.

Artículo 35. Reuniones y Determinaciones

Artículo 36. Funciones de las Comisiones de Evaluación y Promoción

CAPÍTULO 7.  ESTRATEGIAS DE APOYO PARA RESOLVER SITUACIONES PENDIENTES DE LOS ESTUDIANTES O PARA LA MOTIVACIÓN DE LOS ESTUDIANTES CON DESEMPEÑOS SUPERIORES

Artículo 37: Estrategias de apoyo para superar las debilidades de los estudiantes.

Artículo 38. Estímulos a los Estudiantes

CAPITULO 8. ACCIONES Y ESTRATEGIAS DE SEGUIMIENTO PARA EL MEJORAMIENTO DE LOS DESEMPEÑOS DE LOS ESTUDIANTES 

Artículo 39.   Estrategias de valoración de los desempeños de los estudiantes.

CAPÍTULO 9. ACCIONES DE SEGUIMIENTO Y MEJORAMIENTO QUE GARANTIZAN EL CUMPLIMIENTO DEL SISTEMA INSTITUCIONAL DE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN

Artículo 40.  Acciones para que los docentes y directivos docentes cumplan los procesos del sistema institucional de evaluación y promoción.

CAPÍTULO 10. LAS INSTANCIAS, PROCEDIMIENTOS Y MECANISMOS DE ATENCIÓN Y RESOLUCIÓN DE RECLAMACIONES DE PADRES DE FAMILIA Y ESTUDIANTES SOBRE LA EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN

Artículo 41. Instancias, procedimientos y mecanismos para resolver reclamaciones.

Artículo 42. Recursos

Artículo 43. Aclaraciones con relación al uso de los recursos.

CAPÍTULO 11. DE LOS MECANISMOS DE PARTICIPACIÓN DE LA COMUNIDAD EN LA CONSTRUCCIÓN DEL SISTEMA INSTITUCIONAL DE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN 

Artículo 44. Mecanismos de participación de la Comunidad en la construcción del Sistema Institucional de evaluación y Promoción. 

Artículo 45: Responsabilidades del establecimiento educativo

Artículo 46: Creación del Sistema Institucional de Evaluación y Promoción.

CAPÍTULO 12. DISPOSICIONES FINALES

Artículo 47. Consideraciones finales.

Anexos

Anexo 1. PIAR- Información general del estudiante.

Anexo 2. Plan Individual de Ajustes Razonables – PIAR –

Anexo 3: Acta de acuerdo PIAR

Anexo 4. Diseño Universal del Aprendizaje – DUA-

 


 

SISTEMA INSTITUCIONAL DE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN (SIEP)

 

PRESENTACIÓN

 

El presente Sistema Institucional de Evaluación y Promoción, de aquí en adelante SIEP, tiene el propósito de establecer pautas, normas y procedimientos para la evaluación, la promoción y la certificación como bachilleres académicos y técnicos, de los estudiantes formalmente vinculados a la Institución Educativa Eduardo Fernández Botero, en los términos fijados por el Decreto 1290 de 2009.

 

Por consiguiente, los presentes lineamientos se aplicarán de manera general al estudiantado de los grados que ofrece la institución educativa en sus distintas sedes, resaltando como principios fundamentales la equidad, confiabilidad, transparencia y objetividad; en el marco de un enfoque inclusivo, que garantice la permanencia, el avance y la justa valoración de su formación integral.

 

En este sentido, la evaluación de los aprendizajes está articulada con los procesos de gestión de la calidad, propendiendo por el desarrollo integral del estudiante, potenciando las dimensiones cognitivas, praxeológicas y axiológicas. Por lo anterior, el presente SIEP constituye el marco regulatorio que prescribe el conjunto de deberes y derechos de los integrantes de la comunidad educativa de la Institución Educativa Eduardo Fernández Botero (estudiantes, padres de familia o representantes legales, docentes y directivos), en materia de evaluación y promoción; de manera que, sus pautas adquieren carácter de obligatoriedad, para quienes comparten un conjunto de intereses comunes, en el ámbito escolar.

En este documento se alude a los directos implicados: Docente, estudiantes, padres de familia o representantes legales.

 

 

 

SISTEMA INSTITUCIONAL DE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN (SIEP)

CAPÍTULO 1

DEFINICIÓN DEL SISTEMA INSTITUCIONAL DE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN- SIEP-

 

Artículo 1. Marco Conceptual

El Sistema Institucional de Evaluación y Promoción - SIEP en la Institución Educativa Eduardo Fernández Botero, tiene en cuenta los aspectos que a continuación se definen y describen.

 

Artículo 2. Concepto de Evaluación

La evaluación en la Institución Educativa Eduardo Fernández Botero se concibe como un proceso sistemático y permanente que brinda elementos de juicio suficientes y objetivos para valorar el nivel de desempeño, estado de las competencias y talentos de los estudiantes, y la eficacia y calidad de los procesos pedagógicos, didácticos y evaluativos empleados por los docentes en las distintas áreas para el desarrollo del plan de estudios institucional.

 

Artículo 3. Propósitos de la Evaluación (Articulo 3 decreto 1290)

El objetivo primordial de la evaluación es identificar el estado en que se encuentra el estudiante respecto al propósito de formación institucional y, el desarrollo en las competencias básicas, desempeño personal y social en ambientes de aprendizaje diversos, además reconocer las características específicas de los estudiantes, sus intereses, ritmos de aprendizaje y estilos de trabajo, de forma que se pueda orientar el trabajo pedagógico del docente, determinar la promoción o no de los estudiantes en cada grado y diseñar e implementar estrategias para aquellos que presenten dificultades en sus procesos de formación para que alcancen los propósitos esperados y así aportar información para el ajuste e implementación del plan de mejoramiento institucional.

Como propósitos centrales de la evaluación de los aprendizajes, se adoptan los fijados por el Decreto 1290 de 2009, así:

1. Identificar las características personales, intereses, ritmos de desarrollo y estilos de aprendizaje del estudiante para valorar sus avances.

2. Proporcionar información básica para consolidar o reorientar los procesos educativos relacionados con el desarrollo integral del estudiante.

3. Suministrar información que permita implementar estrategias pedagógicas para apoyar a los estudiantes que presenten, bien sea, debilidades o, por el contrario, desempeños superiores en su proceso formativo.

4. Determinar la promoción de los estudiantes.

5. Aportar información para el ajuste e implementación del plan de mejoramiento institucional.

 

Artículo 4. Características de la Evaluación

La evaluación en la Institución Educativa “Eduardo Fernández Botero” está caracterizada por los siguientes elementos que la determinan:

  1. Democrática y participativa: Compromete a todos los actores de la comunidad educativa, propicia la auto y coevaluación, para facilitar procesos de diálogo, comprensión y mejoramiento. Su sentido es la formación significativa del estudiante en ambientes de comprensión, convivencia y valoración del sujeto conforme a los Principios Institucionales.
  2. Integral:   Se tienen en cuenta todos los aspectos o dimensiones del desarrollo del estudiante que permiten evidenciar el proceso de aprendizajes y organización del conocimiento en el SABER – HACER y SER. 
  3. Cualitativa y cuantitativa:   Describe el avance o no, en el proceso de consecución de logros, y se expresa en conceptos numéricos el resultado parcial y final de periodos o año lectivo.
  4. Continua:   Se realiza seguimiento permanente al estudiante para detectar el progreso y las dificultades que se presenten en su proceso de formación.  Se hace en el desarrollo de cada tema, unidad, periodo, clase o proceso.
  5.  Sistemática:   Guarda relación con los fines y objetivos de la educación, los estándares de competencias y lineamientos curriculares de las diferentes áreas, los logros e indicadores de logro, el Horizonte Institucional, los contenidos, métodos y otros factores asociados al proceso de formación integral de los estudiantes.
  6. Flexible:   Tiene en cuenta ritmos de aprendizaje, intereses, capacidades, dificultades, necesidades educativas especiales o discapacidad de cualquier índole, factores emocionales, dando un manejo diferencial y especial según las problemáticas relevantes o diagnosticadas por profesionales.

Los profesores identifican las características personales de sus estudiantes en especial las destrezas, posibilidades y limitaciones, para darles un trato justo y equitativo en las evaluaciones de acuerdo con la problemática detectada, y en especial ofreciéndole oportunidad para aprender del acierto, del error y de la experiencia de vida.

  1. Interpretativa:  Permite que los estudiantes comprendan el significado de los procesos y los resultados que obtienen, y junto con el profesor, hagan reflexiones sobre los alcances y las fallas para establecer correctivos pedagógicos que le permitan avanzar en su desarrollo de manera normal.
  2. Formativa:   Orienta procesos y metodologías educativas buscando que lo aprendido en la institución, incida en el comportamiento y actitudes de los estudiantes en el aula de clase, en la calle, en el hogar y en la comunidad en que se desenvuelve.
  3. Planificada:   Se configura, interviene y moviliza con la emergencia de escenarios y realidades propias del contexto institucional.

 

Artículo 5. Ámbitos de la Evaluación

La palabra ámbito, dentro de la evaluación, se refiere a las instancias donde se determina la calidad de los procesos educativos y evaluativos internos y externos.

Por ello, en la Institución Educativa Eduardo Fernández Botero se contemplan los siguientes ámbitos: Institucional (SIEP), Nacional (Pruebas SER y SABER), Internacional, el Programa Internacional de Evaluación de los Estudiantes (Pruebas PISA) atendiendo al Decreto 1075 art 2.3.3.3.3.1 del 2015 y a los lineamientos del Decreto 1421 de 2017, por medio del cual se reglamenta, en el marco de la educación inclusiva, la atención educativa a la población con discapacidad.

  1. Evaluación interna: Es el proceso permanente y objetivo para valorar el desempeño de los estudiantes. Se realiza a través de diferentes estrategias, técnicas e instrumentos dependiendo de la organización de cada área y grados a partir de lo estipulado en el SIEP, en alianzas y convenios interinstitucionales.
  2. Evaluación Externa:

2.1 Internacional: Son pruebas externas que dan cuenta de la calidad de la educación frente a estándares básicos internacionales (Pruebas PISA).

2.2 Nacional: Son pruebas censales aplicadas por El Ministerio de Educación Nacional y el Instituto Colombiano para la Evaluación de la Educación (ICFES), realizadas con el fin de monitorear la calidad de la educación de los establecimientos educativos con fundamento en los estándares y los lineamientos curriculares.

PARÁGRAFO: El ICFES realiza los ajustes razonables para estudiantes con discapacidad en la aplicación de la prueba SABER, para lo cual, en el momento del registro, la Institución Educativa, debe caracterizar el sistema de apoyos que el/la estudiante requiere para la presentación de la prueba. (Decreto 1421 del 2017, artículo 2).

 

Artículo 6. Marco legal o normativo

Ley 115 de 1994 Ley General de Educación

Decreto 3011 de 1997 “Por el cual se establecen normas para el ofrecimiento de la educación de adultos y se dictan otras disposiciones”.

Decreto 1290 de 2009. Por el cual se reglamenta la evaluación del aprendizaje y promoción de los estudiantes de los niveles de educación básica y media

Decreto único 1075 de 2015 “Por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Educación

Decreto 1421 de 2017, por medio del cual se reglamenta, en el marco de la educación inclusiva, la atención educativa a la población con discapacidad.


CAPÍTULO 2

COMPONENTES, CRITERIOS Y PROCEDIMIENTOS PARA LA EVALUACIÓN  

 

Artículo 7. Criterios de Evaluación

PARÁGRAFO 1: Respecto a la evaluación cada área debe definir los criterios mediante los cuales los estudiantes son evaluados durante el año. Es deber de los docentes entregar a la coordinación y rectoría, durante las dos primeras semanas de cada periodo académico, el Plan de Unidad que contemple el desempeño de la unidad, los contenidos, los indicadores de desempeño, las actividades evaluativas y fechas de realización, toda vez que conocerlos es un derecho que tienen los estudiantes y acudientes.

PARÁGRAFO 2: En la Institución Educativa Eduardo Fernández Botero, se suprime la asignación de tareas para realizar en casa, pues estas se realizarán en el tiempo escolar en procura de garantizar por parte del docente la observación y apreciación del desempeño de los estudiantes y que estos adopten una actitud positiva hacia el estudio, el colegio y el aprendizaje.

 

 

Artículo 8. Aspectos a evaluar en los estudiantes (Qué se evalúa)

Los aspectos para evaluar en la Institución Educativa Eduardo Fernández Botero se establecen de la siguiente manera:

Desarrollo del nivel de preescolar. En el nivel educación preescolar no se reprueban grados ni actividades. Los educandos avanzarán en el proceso educativo, según sus capacidades y aptitudes personales. Para tal efecto, las instituciones educativas diseñarán mecanismos de evaluación cualitativa, cuyo resultado se expresará en informes descriptivos que permitan a los docentes y a los padres de familia, apreciar el avance en la formación integral del educando, las circunstancias que no favorecen el desarrollo de procesos y las acciones necesarias para superarlas.

 

 

Artículo 9. Plan de estudios

 El Ministerio de Educación Nacional, de aquí en adelante MEN, establece que el plan de estudios es el esquema estructurado de las áreas obligatorias y fundamentales y de áreas optativas o propias con sus respectivas asignaturas que forman parte del currículo de los establecimientos educativos.

En el siguiente cuadro, se presenta la estructura curricular u organización institucional para el desarrollo del currículo de la siguiente manera: las áreas y sus correspondientes asignaturas, la intensidad horaria y el total de intensidad horaria para cada grado.

 

  1. 1.     Estructura Curricular para Preescolar, Básica Primaria, Básica Secundaria y Educación Media en las Sedes Educativas IE. María Auxiliadora e IE. Eduardo Fernández Botero- sede principal-

  

 

EDUCACIÓN BÁSICA

EDUCACIÓN MEDIA

Dimensión, Áreas o Asignaturas

10º

11º

Dimensión Comunicativa

4

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Dimensión Cognitiva

4

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Dimensión Corporal

4

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Dimensión Ética, Social y Afectiva

4

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Dimensión Espiritual

2

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Dimensión Estética

2

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Humanidades: Lengua Castellana

 

8

8

6

6

6

6

6

6

6

5

5

Humanidades: idioma extranjero (Ingles)

 

1

1

2

2

2

3

3

3

3

3

3

Matemáticas

 

8

8

5

5

5

4

4

4

4

4

4

Geometría

 

1

1

1

1

1

2

2

2

2

 

 

Ciencias Naturales y Educación Ambiental

 

1

1

3

3

3

4

4

2

2

 

 

Ciencias Sociales (Historia, Geografía, Constitución Política y Democracia.

 

1

1

3

3

3

4

4

4

4

2

2

Educación Artística y Cultural

 

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

Educación Ética y en Valores Humanos, Cátedra de la Paz y Educación Religiosa

 

1

1

1

1

1

2

2

2

2

2

2

Educación en Tecnología e Informática

 

1

1

1

1

1

2

2

2

2

2

2

Educación Física, Recreación y Deportes.

 

2

2

2

2

2

2

2

2

2

2

2

Ciencias Económicas y Políticas.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

1

1

Filosofía

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

2

2

Ciencias Naturales: Física

 

 

 

 

 

 

 

 

1

1

3

3

Ciencias Naturales: Química

 

 

 

 

 

 

 

 

1

1

3

3

Especialidad Informática – Media Técnica

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

7

7

TOTAL HORAS SEMANALES

20

25

25

25

25

25

30

30

30

30

37

37

 

  1. 2.     Estructura Curricular para Preescolar, Básica Primaria, Básica Secundaria en las Sedes Educativas: IER. Salazar, IER. Mondragón, IER. Jardín, CER. La Gardeña.

 

  

ESCUELA NUEVA

POST-PRIMARIA

Dimensión, Áreas o Asignaturas

Dimensión Comunicativa

4

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Dimensión Cognitiva

4

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Dimensión Corporal

4

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Dimensión Ética, Social y Afectiva

4

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Dimensión Espiritual

2

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Dimensión Estética

2

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Humanidades: Lengua Castellana

 

6

6

6

6

6

7

7

7

7

Humanidades: Idioma Extranjero (Ingles)

 

2

2

2

2

2

2

2

2

2

Matemáticas

 

5

5

5

5

5

6

6

6

6

Ciencias Naturales y Educación Ambiental

 

3

3

3

3

3

4

4

4

4

Ciencias Sociales (Historia, Geografía, Constitución Política y Democracia.

 

3

3

3

3

3

4

4

4

4

Educación Artística y Cultural

 

1

1

1

1

1

1

1

1

1

Educación Ética y en Valores Humanos y Educación Religiosa

 

1

1

1

1

1

2

2

2

2

Educación en Tecnología e Informática

 

2

2

2

2

2

2

2

2

2

Educación Física, Recreación y Deportes.

 

2

2

2

2

2

2

2

2

2

TOTAL HORAS SEMANALES

20

25

25

25

25

25

30

30

30

30

 

 

  1. 3.     Estructura Curricular para Básica Secundaria y Educación Media en los Ciclos Lectivos Integrados Especiales en Jornada Nocturna:

  

EDUCACIÓN BÁSICA SECUNDARIA

EDUCACIÓN MEDIA

Áreas/Asignaturas

CLEI 3

CLEI 4

CLEI 5

CLEI 6

Humanidades: Lengua Castellana

5

4

4

4

Humanidades: Idioma Extranjero (Ingles)

2

2

2

2

Matemáticas

5

5

4

4

Ciencias Naturales y Educación Ambiental

2

2

 

 

Ciencias Sociales (Historia, Geografía, Constitución Política y Democracia.

3

3

2

2

Educación Ética, Cívica y Cátedra de Paz + Educación Religiosa

1

1

1

1

Educación en Tecnología e Informática y Emprendimiento

1

1

1

1

Ciencias Naturales: Química

1

1

2

2

Ciencias Naturales: Física

 

1

2

2

Ciencias Económicas y Políticas.

 

 

1

1

Filosofía

 

 

1

1

Seminario de Educación Física/Artística. 2 sesiones por semestre

2

2

2

2

TOTAL, HORAS SEMANALES

22

22

22

22

 

 

Artículo 10. Metodología de la evaluación. (Cómo se evalúa)

La evaluación se realiza durante los tres (3) períodos académicos, en los cuales se divide en la Institución Educativa Eduardo Fernández Botero el año escolar, es de carácter participativa, continua, sistemática e integral; también se caracteriza por ser coherente, transparente, contextualizada, dialogada y formativa.

 

 

 

 

Artículo 11. Tipos De Evaluación

 

  1. 1.               Según agente o actores involucrados en el proceso:

El acto de valoración es ante todo un proceso de comprensión, es reconocer el aprendizaje del estudiante por pequeño o grande que sea.

 

1.1            Heteroevaluación: Es el proceso que hace el docente para valorar los desempeños de los estudiantes teniendo en cuenta los avances y los aspectos por mejorar de acuerdo con los propósitos de formación, los criterios previamente acordados, los saberes esenciales, las evidencias requeridas y las competencias propuestas en su asignatura o área

Dicha evaluación es integral: cualitativa y cuantitativamente como insumo para el mejoramiento y desarrollo personal y tendrá un porcentaje de la nota final del 80%, comprendiendo el desarrollo de la competencia cognoscitiva y procedimental.

PARÁGRAFO 1: Son estrategias de evaluación empleadas según el grado, acorde con lo referenciado en el plan de estudios:

PARÀGRAFO 2: Son estrategias de apoyo pedagógico a estudiantes que presenten dificultades durante el proceso académico, según el grado, acorde con lo referenciado en el plan de estudios:

 

1.2            Coevaluación: Es el proceso que hacen los estudiantes con sus pares para valorar y retroalimentar sus avances y los aspectos por mejorar de acuerdo con los propósitos de formación, los criterios previamente acordados, los saberes esenciales y las evidencias requeridas. En esta estrategia se requiere alta mediación del docente para aprender a valorar al otro.

 

1.3            Autoevaluación: Es el proceso que hace el estudiante individualmente para valorar el avance de sus desempeños y los aspectos por mejorar, tomando como referencia, sus actitudes para un efectivo y significativo aprendizaje en cada área, su aporte a la convivencia y armonía en el grupo al cual pertenece; de esta manera el estudiante construye su autonomía, asumiéndose como gestor de su propia educación. La autoevaluación tiene dos componentes fundamentales: el autoconocimiento y la autorregulación.

 

Dicha evaluación es integral: cualitativa y cuantitativamente como insumo para el mejoramiento y desarrollo personal y tendrá un porcentaje de la nota final en cada área y en cada periodo equivalente al 20%. Para cada periodo académico los docentes en las distintas áreas registrarán en la plataforma académica el juicio valorativo de cada estudiante con mínimo tres indicadores relacionados con la competencia actitudinal.

Para el proceso de autoevaluación, el estudiante de la Institución Educativa Eduardo Fernández Botero tendrá en cuenta la siguiente rubrica de valoración:

 

Forma general:

RUBRICA DE VALORACIÓN COMPETENCIA ACTITUDINAL

AUTOEVALUACIÓN DEL ESTUDIANTE  

Estudiante:

Grupo:

Área:

Fecha:

Periodo:

     

 

CRITERIO

SUPERIOR

(4.6 a 5.0)

ALTO

(4.0 a 4.5)

BÁSICO

(3.0 a 3.9)

BAJO

(1 a 2.9)

  1. 1.      Cumplimiento de responsabilidades en ejercicios, actividades y tareas asignadas.

Presenta los ejercicios, actividades y tareas en el tiempo establecido y en forma correcta.

La mayoría de las veces presenta los ejercicios, actividades y tareas en el tiempo establecido y en forma correcta.

En algunas ocasiones presenta los ejercicios, actividades y tareas en el tiempo establecido y en forma correcta.

Generalmente no entrega o presenta los ejercicios, actividades y tareas fuera del tiempo establecido y en forma incorrecta.

 

 

 

 

 

  1. 2.      Participación en clase

 

 

 

Participa activa y notoriamente en los diferentes procesos que se desarrollan en el área.

La mayoría de las veces participa en los diferentes procesos que se desarrollan en el área.

Regularmente, participa en los diferentes procesos que se desarrollan en el área.

No suele participar en los diferentes procesos que se desarrollan en el área.

 

 

 

 

 

  1. 3.      Respeto a las intervenciones de compañeros y docentes

Respeta las intervenciones de los compañeros y docentes. Solicita la palabra para dar su opinión.

La mayoría de las veces respeta las intervenciones de los compañeros y docentes. Suele pedir la palabra antes de dar su opinión.

Normalmente, respeta las intervenciones de los compañeros y/o docentes, aunque no siempre pide la palabra antes de dar su opinión.

Es irrespetuoso ante las intervenciones de compañeros y/o docentes. No suele pedir la palabra antes de dar su opinión

 

  1. 4.      Compromiso de asistencia a clases

Asiste con regularidad a clase. Cuando se ausenta presenta la respectiva justificación.

Asiste con regularidad a clases. Las veces en que se ausenta presenta la respectiva justificación.

Asiste con regularidad a clases. Cuando se ausenta no siempre presenta la respectiva justificación.

Su inasistencia a clases es frecuente y la mayoría de las veces no presenta la respectiva justificación.

 

 

 

 

 

  1. 5.      Puntualidad en la asistencia a clases

Llega con puntualidad a clase y permanece en el aula durante los cambios de clase.

La mayoría de las veces llega con puntualidad a clase y suele permanecer en el aula en los cambios de clase.

En ocasiones es impuntual para llegar a clase y evidencia algunos retrasos en los cambios de clase.

Llega de forma habitual tarde a clase y en los cambios de clase no es puntual.

 

 

 

 

 

 

 

 

  1. 6.      Interés por aprender

Muestra interés y atención al desarrollo de la clase y trae los materiales requeridos para ella.

La mayoría de las veces muestra interés y atención al desarrollo de las clases y trae los materiales requeridos para ella.

Normalmente, muestra interés y atención al desarrollo de las clases, aunque en ocasiones no trae los materiales requeridos para ella.

No suele mostrar interés ni atención al desarrollo de las clases y la mayoría de las veces no trae los materiales requeridos para ella.

 

 

 

 

 

 

  1. 7.      Relaciones interpersonales

Respeta al profesorado y a sus compañeros, contribuyendo positivamente al trabajo de clase.

La mayoría de las veces respeta al profesorado y a sus compañeros. En la mayoría de las ocasiones, trabaja de forma autónoma sin molestar a los demás

En algunas ocasiones irrespeta al profesorado y/o compañeros, afectando el desarrollo de las clases.

Frecuentemente irrespeta al profesorado y/o a sus compañeros., afectando notablemente el desarrollo de las clases.

 

 

 

 

 

 

 

  1. 8.      Porte del uniforme

En todo momento porta en forma completa y correcta el uniforme de la institución.

La mayoría de las veces, porta en forma completa y correcta el uniforme de la institución y de acuerdo con el correspondiente horario de clases.

En ocasiones porta adecuadamente el uniforme de la institución e incumple en presentarse con el uniforme correspondiente según el horario de clases.

Es frecuente el uso inadecuado del uniforme de la institución e incumple en presentarse con el uniforme correspondiente según el horario de clases.

 

 

 

 

 

  1. 9.      Cumplimiento de acuerdos de área y/o grupo

Cumple con los acuerdos establecidos para el trabajo en el área y/o grupo.

La mayoría de las veces cumple con los acuerdos establecidos para el trabajo en el área y/o grupo.

En ocasiones cumple con los acuerdos establecidos para el trabajo en el área y/o grupo.

Incumple frecuentemente a los acuerdos establecidos para el trabajo en el área y/o grupo.

 

 

 

 

 

VALORACIÓN DEFINITIVA

(sume los valores y divida en nueve)

 

HETEROEVALUACIÓN

Se registra cuando es necesaria la concertación entre docente y estudiante.

 

 

 

Forma resumida:

 

AUTOEVALUACIÓN DEL ESTUDIANTE

RUBRICA PARA VALORACIÓN DE LA COMPETENCIA ACTITUDINAL

 

Nombres y apellidos del estudiante:

 

Grupo:

 

Área:

 

 

INSTRUCCIONES:

Para cada uno de los criterios definidos valore su respuesta o desempeño de cumplimiento:

 

Criterio

Superior

(4.6 a 5.0) 

Alto

(4.0 a 4.5)

 

Básico

(3.0 a 3.9) 

Bajo

(1.0 a 2.9) 

  1. Cumplimiento de responsabilidades en ejercicios, actividades y tareas asignadas.

 

 

 

 

  1. 2.      Participación en clase

 

 

 

 

  1. Respeto a las intervenciones de compañeros y docentes

 

 

 

 

  1. Compromiso de asistencia a clases

 

 

 

 

  1. Puntualidad en la asistencia a clases

 

 

 

 

  1. 6.      Interés por aprender

 

 

 

 

  1. 7.      Relaciones interpersonales

 

 

 

 

  1. 8.      Porte del uniforme

 

 

 

 

  1. 9.      Cumplimiento de acuerdos de área y/o grupo

 

 

 

 

Valoración definitiva:

(Sume todos los valores y divida entre 9)

 

 

 

 

Heteroevaluación

Se registra cuando es necesaria la concertación entre docente y estudiante.

 

 

 

 

 

 

  1. 2.     Según los fines

 

2.1 La evaluación diagnóstica: Identifica los conocimientos, destrezas, habilidades, aptitudes y actitudes previas que el estudiante ha desarrollado en el proceso de formación tanto en escenarios externos como en la institución. Esta evaluación permite el diseño curricular, pedagógico y didáctico pertinente para que el estudiante acceda a la construcción del conocimiento y desarrolle sus competencias.

 

2.2 Por Procesos: Hace referencia a la evaluación permanente y continua al estudiante y al acompañamiento de padre de familia o representante legal, con el fin de evidenciar dificultades y potencialidades durante el proceso educativo. Se considera un pilar básico el proceso de retroalimentación.

 

2.3 De resultados: Se realiza al final del proceso (experiencias, actividades, tema, contenidos de clase, período o año escolar); con el fin de identificar el nivel de desempeño del estudiante y el resultado se emite por medio de juicios valorativos y/o desarrollos a fortalecer, soportado cuantitativa y cualitativamente según la escala de valoración institucional. El docente puede comprobar en qué nivel se encuentra cada uno de sus estudiantes, en cuanto a su desarrollo valorativo, cognitivo y praxeológico utilizando diversas estrategias, técnicas e instrumentos de evaluación. Los resultados se presentan en los informes académicos con las valoraciones obtenidas en el proceso pedagógico según lo establecido en el SIEP.

 

2.4. Prueba Tipo SABER. Es una prueba que busca fortalecer el aprendizaje de los estudiantes y prepararlos para la presentación de pruebas internas y externas. Se diseñan teniendo como referencia las pruebas aplicadas por el ICFES y con relación a los contenidos desarrollados en el área, aprendizajes de años anteriores, conocimientos o cultura general.

Las pruebas tipo SABER, se aplican para las áreas de: Matemáticas, geometría, español, ciencias naturales, sociales e inglés, en todos los periodos académicos.

En las áreas de educación ética y valores- educación religiosa, tecnología e informática, educación física, educación artística, filosofía, ciencias económicas y políticas, se aplica en el segundo periodo académico.

La nota obtenida en la prueba tipo SABER, se registra en una de las actividades (casilla) de la competencia cognitiva y procedimental.

La prueba tipo SABER, será aplicada entre la décima (10°) y décima primera (11°) semana de cada periodo académico y comprenderá entre 10 y 20 preguntas.

La prueba será aplicada durante el desarrollo de las clases de las respectivas áreas, según el horario institucional.

La prueba tipo SABER, puede ser presentada en fecha distinta a la establecida, cuando exista inasistencia a clase justificada.

La prueba tipo SABER, no cuenta con nueva oportunidad de presentación en caso de ser reprobada.

La prueba tipo SABER, debe ser realimentada por parte del docente durante el desarrollo de las clases, para darle validez pedagógica a la misma.

 

2.5. Prueba de Reconocimiento de Saberes. El capítulo V- Artículo 36 del decreto 3011/97, señala al respecto lo siguiente: “Para el ingreso a cualquiera de los programas de adultos regulados en este decreto: (Decreto 3011 del 19 de Diciembre de 97), los educandos podrán solicitar que mediante evaluación previa, sean reconocidos los conocimientos, experiencias y prácticas ya adquiridas sin exigencias de haber cursado determinado grado de escolaridad formal, a través de los cuales podrán demostrar que han alcanzado logros tales que les permita iniciar su proceso formativo a partir del ciclo lectivo especial integrado hasta el cual puede ser ubicado de manera anticipada.

 

Requisitos: Encontrarse en una o ambas de las siguientes circunstancias:

a. Haber interrumpido sus estudios.

b. No poseer documentos, certificados legales que acrediten su grado de escolaridad.

 

PARÁGRAFO 1: El reconocimiento legal de saberes en la Institución Educativa Eduardo Fernández Botero, aplica para cualquiera de los grados de básica primaria y especialmente para adquirir el certificado de Quinto de primaria y poder ser matriculado en ciclo tres o en grado sexto.

PARAGRAFO 2: Los estudiantes en condición de desplazamiento u otra situación especial, que no presenten ningún documento que certifique su grado de escolaridad, deberán presentar una evaluación diagnóstica o de reconocimiento de saberes a partir de la cual la Comisión de Evaluación determinará el grado en el que serán ubicados.

PARAGRAFO 3: Los tiempos y procedimientos para la presentación de pruebas de reconocimiento de saberes, se asimilan a lo establecido para la promoción anticipada.

 

Artículo 12: Procedimientos de Evaluación.

En la Institución Educativa Eduardo Fernández Botero, atendiendo a las características de la evaluación enunciadas anteriormente y teniendo en cuenta los lineamientos que el presente sistema plantea, se asume como proceso general para la evaluación de los saberes teóricos y procedimentales el siguiente:

 

1. Fase de presentación: consistirá en la socialización al inicio de cada período de los criterios de evaluación, los indicadores de desempeño, las actividades a evaluar con su peso porcentual en la definitiva y los tiempos previstos para cada una. Además de ello, al inicio del año escolar se plantearán los desempeños esperados para cada grado y la metodología del área o asignatura.

 

2. Fase de diagnóstico: Se hace al inicio del año escolar de acuerdo con los contenidos a abordar y las competencias a desarrollar, utilizando diversos instrumentos y técnicas. El docente podrá revisar período a período los cambios logrados en las situaciones percibidas en el diagnóstico inicial.

 

3. Fase de formación: en esta fase se implementan las diversas estrategias para la enseñanza de los contenidos y la ejercitación en las competencias definidas en el plan de área o asignatura. Se aplicarán diferentes formas de evaluación que tengan en cuenta las múltiples inteligencias de los estudiantes, sus estilos de aprendizaje y ritmos de avance. Continuamente, el docente registrará en la plataforma académica y evaluativa, los avances y dificultades observadas en correspondencia con los objetivos de aprendizaje.

El conjunto de actividades evaluativas aplicadas durante esta fase corresponde al desarrollo de las competencias cognitivas y procedimentales, las cuales constituyen un 80% de la valoración del periodo académico.

 

4. Fase de socialización de avances: con el propósito de que el estudiante esté enterado de manera continua de su avance en cuanto a las valoraciones asignadas por el docente, durante el desarrollo de las actividades evaluativas y al final del período, cada docente informará a sus estudiantes su valoración parcial y definitiva. Esta socialización se hará antes del cierre del respectivo periodo académico en la plataforma. Además, se realizará reunión de informe parcial a los padres de familia en la octava semana de cada período académico y atención a padres de familia y acudientes en la décima primera semana.

 

5. Fase de retroalimentación: el docente realizará como mínimo al final de cada período un análisis sobre la aplicación y efectividad de la estrategia evaluativa con el fin de mejorarla para el desarrollo posterior. En esta retroalimentación se deberá contar con la participación de los estudiantes.

PARÁGRAFO: En el marco de la Educación Inclusiva se hace necesaria la implementación del Diseño Universal del Aprendizaje (DUA), el cual comprende los entornos, programas, currículos y servicios educativos diseñados para hacer accesibles y significativas las experiencias de aprendizaje para todos los estudiantes a partir de reconocer y valorar la individualidad. Se trata de una propuesta pedagógica que facilita un diseño curricular en el que tengan cabida todos los estudiantes, a través de objetivos, métodos, materiales, apoyos y evaluaciones formulados partiendo de sus capacidades y realidades. Permite al docente transformar el aula y la práctica pedagógica y facilita la evaluación y seguimiento a los aprendizajes. El diseño universal no excluirá las ayudas técnicas para grupos particulares de personas con discapacidad, cuando se necesiten.

 

Artículo 13. Procedimiento para la Evaluación en la Media Técnica

La Institución Educativa Eduardo Fernández Botero, brinda a sus estudiantes en el Nivel de Educación Media la formación técnica en articulación con el SENA o Institución de Educación Superior, la cual contempla una etapa de formación en el grado décimo y una etapa de formación especializada y práctica en el grado undécimo, tendiente a la preparación del estudiante para su inserción al mundo laboral y sin detrimento de la formación académica para su continuidad en la formación superior. Con el fin de tener una orientación de los estudiantes para el ingreso a estos programas se contará con una fase de inducción y selección en el grado noveno.

 

La formación de la media técnica está orientada bajo los parámetros de la Secretaría de Educación de Antioquia, el SENA, Institución de Educación Superior y la Institución Educativa.

 

1. Procedimiento para la evaluación: Para el desarrollo evaluativo en la media técnica desde el ingreso hasta la finalización se seguirá el siguiente proceso.

 

a. Fase de inducción y selección en grado noveno: consiste en dos reuniones, con representantes de la media técnica del Sena o Institución de Educación Superior. La primera entre los meses de septiembre y octubre, con presencia y participación del tutor del SENA o de la Institución de Educación Superior, el docente encargado de la media técnica en la institución, el rector, los estudiantes y sus acudientes. Como resultado de esta jornada de inducción se realizará la inscripción de los estudiantes aspirantes. Posterior a ello, el instructor del SENA o Institución de Educación Superior realizará la matrícula virtual de los estudiantes en la media técnica elegida.

b. Etapa de formación en grado décimo: El estudiante, en compañía de su acudiente, formaliza su proceso de matrícula con la firma de un contrato de formación y continuidad del proceso. El estudiante que ingrese nuevo al grado décimo y desee cursar la media técnica, deberá presentar solicitud ante el rector para poder ser matriculado en una de las especialidades. En desarrollo del grado décimo el estudiante responderá a procesos teórico – prácticos orientados por el tutor del SENA o Institución de Educación Superior y el docente encargado de la media técnica en la institución.

c. Etapa de formación especializada y práctica en grado once: En cumplimiento de la etapa práctica, el estudiante en grado undécimo deberá plantear y desarrollar un proyecto productivo que, de cuenta de la aplicación de elementos de la especialidad, el cual contará con la orientación, acompañamiento y asesoría del tutor del SENA o Institución de Educación Superior y el docente encargado de la media técnica en la institución. Dicho proyecto deberá ser sustentado a más tardar en la semana 10 del tercer periodo académico, de tal manera que posibilite de ser el caso, ajustes de finalización.

PARÁGRAFO 1: El estudiante de media técnica sólo podrá aspirar a matricularse en una de las especialidades ofertadas.

 

Artículo 14. Evaluación de estudiantes con discapacidad, trastornos, barreras o dificultades para el aprendizaje y talentos excepcionales.

En atención a los lineamientos del Decreto 1421 de 2017, la Institución Educativa Eduardo Fernández Botero, contempla y promueve la construcción del Plan Individual de Ajustes Razonables (PIAR), para los estudiantes con discapacidad o dificultades para el aprendizaje, partiendo de un trabajo articulado entre el docente de área y/o asignatura, docente de apoyo pedagógico, docente orientadora, coordinación, rectoría y la familia.

 

Los ajustes razonables de acuerdo con el Decreto 1421 de 2017, son: “(…) las acciones, adaptaciones, estrategias, apoyos, recursos o modificaciones necesarias y adecuadas del sistema educativo y la gestión escolar, basadas en necesidades específicas de cada estudiante, que persisten a pesar de que se incorpore el Diseño Universal de los Aprendizajes -DUA- y que se ponen en marcha tras una rigurosa evaluación de las características del estudiante con discapacidad; a través de estas acciones se garantiza que estos estudiantes puedan desenvolverse con la máxima autonomía en los entornos en los que se encuentran “garantizando su desarrollo, aprendizaje y participación para la equiparación de oportunidades y la garantía efectiva de los derechos” (Decreto 1421 de 2017, pp.4).

 

Los ajustes razonables pueden ser de tipo curricular, metodológico y/o evaluativo. Los primeros, corresponden a la planeación e implementación de una flexibilización curricular, es decir, buscan delimitar los desempeños de aprendizaje que se orientarán durante el periodo académico propuestos por el área y/o asignatura para el grado, es preciso señalar que los ajustes razonables de tipo curricular también pueden retomar un proceso de diversificación curricular, el cual, constituye una transformación de la propuesta curricular, sugiriendo la supresión de desempeños de aprendizaje, áreas y/o asignaturas según sea el caso; los segundos abarcan las estrategias didácticas y metodológicas que favorecen el acceso a la información, el aprendizaje y la socialización, lo cual, incluye ajustes de material pedagógico y requieren la vinculación de la familia en la construcción del mismo, cuando sea requerido; los terceros, involucran estrategias y recursos de evaluación flexibles, que se construyen partiendo del reconocimiento de las habilidades de cada estudiante, y las posibilidades de poner en práctica los conocimientos, las destrezas, las aptitudes y las actitudes desarrolladas en cada área y/o asignatura que lo requiera.

 

Los criterios de evaluación estarán sujetos a las habilidades de los estudiantes con discapacidad, tomando como referencia el currículo flexible, los ajustes razonables realizados para cada caso y las estrategias de evaluación implementadas para garantizar la participación y eliminación de barreras. El proceso de evaluación de los estudiantes con discapacidad será continuo, permanente y tendrá en cuenta las destrezas y habilidades, partiendo de la individualidad y los diferentes ritmos y estilos de aprendizaje.

 

PARÁGRAFO 1: Con relación a la evaluación de estudiantes con trastornos de aprendizaje y/o comportamiento y en el marco de la educación inclusiva, partiendo del reconocimiento que los estudiantes con trastornos del aprendizaje y del comportamiento pueden requerir ajustes razonables en el contexto escolar para favorecer tanto su salud como sus habilidades, destrezas, aptitudes y actitudes frente al conocimiento, estos se realizarán de forma conjunta entre docente de área/asignatura, docente de apoyo, orientación escolar y familia. La revisión de informes o diagnósticos de profesionales de la salud, caracterización del estudiante o valoración pedagógica dará los elementos para definir si se construye el PIAR a determinado estudiante.

PARÁGRAFO 2: El PIAR se debe diligenciar antes de terminar el primer período académico del año escolar y se actualizará anualmente, sin embargo, los ajustes razonables se deben diligenciar al iniciar cada período académico del año escolar y se revisará al finalizar cada periodo de acuerdo con los desempeños propuestos en cada asignatura y a los avances que presenten los estudiantes.

 

El objetivo del PIAR es “Establecer los ajustes razonables necesarios para garantizar el acceso, permanencia, participación, eliminación de barreras y promoción asegurando el derecho a la educación” y debe contener los siguientes elementos:

  1. Información General.
  1. Plan Individual de Ajustes Razonables.

Datos del estudiante.

Características del Estudiante:

Ajustes razonables: áreas o aprendizajes, objetivos, propósitos o desempeños esperados, Barreras que se evidencian en el contexto sobre las áreas que se deben trabajar, apoyos o estrategias, evaluación y seguimiento a los ajustes.

Recomendaciones para el mejoramiento y eliminación de barreras para el aprendizaje (actores, acciones, estrategias)

Firma y cargo de los participantes y vinculados al proceso

  1. Acta de acuerdo.

PARÁGRAFO 3: Para la promoción de los estudiantes con discapacidad es necesario tener en cuenta los criterios establecidos en cada PIAR. Según el Decreto 1421 de 2017 en el artículo 2.3.3.3.3.6 “cuando un estudiante no puede ser promovido al grado siguiente, debe garantizársele, en todos los casos, el cupo para que continúe con su proceso formativo”

PARÁGRAFO 4: El estudiante con discapacidad que se encuentra en proceso de ingreso al sistema educativo formal deberá contar con diagnóstico, certificación o concepto médico sobre la discapacidad emitido por el sector salud y con el PIAR (planes individuales de apoyo y ajustes razonables) o el informe pedagógico si viene de una modalidad de educación inicial, que permita identificar el tipo de discapacidad.

PARAGRAFO 5: El padre de familia deberá realizar un acompañamiento constante de las actividades entregadas para trabajo en casa, garantizando su cumplimiento constante. Además, deberá presentarse mensualmente, por lo menos una vez, para revisar el proceso con el acompañamiento del docente de apoyo en inclusión; asistir a las reuniones convocadas según citación; y acudir a otros llamados de los docentes o el mismo docente de apoyo pedagógico. En caso de incumplimiento será remitido a las instancias competentes por presunta negligencia.

PARÁGRAFO 6: La comisión de evaluación y promoción recibirá en su última sesión del año las recomendaciones sobre el proceso educativo que oriente las mejores opciones para el desarrollo integral del estudiante, por parte del docente de apoyo pedagógico, quien tendrá en cuenta para la construcción de dicho informe, los aspectos significativos del proceso aportados por los docentes titulares que orientaron los espacios académicos durante el año escolar y a su vez emitirá un concepto pedagógico del proceso alcanzado por el estudiante durante el año escolar lectivo.

PARÁGRAFO 7: La institución además de garantizarles su proceso evaluativo integral,  gestionará con entidades del orden local o entidad territorial y los sectores salud, cultura, deporte, tecnología, medio ambiente, comunicaciones, y el sector productivo y solidario, el desarrollo de acciones articuladas para brindar educación integral y pertinente a los niños, niñas, adolescentes y jóvenes con capacidades y talentos excepcionales y atenderá a los procesos establecidos para dicha población en el Decreto 1421 de 2017

 

 

Artículo 15. Actividades de Refuerzo y Recuperación

En la semana doce (12) de cada período académico se desarrollará con los estudiantes en cada área, actividades de refuerzo y en la semana trece (13) actividades de recuperación. Estas actividades pueden incluir el repaso de contenidos, desarrollo de ejercicios, la realización de talleres dirigidos para ejercitación de las competencias, evaluaciones y sustentaciones.

Para el refuerzo los docentes podrán asignar o desarrollar con los estudiantes actividades de repaso y/o profundización que permitan la clarificación, mayor entendimiento, comprensión e interpretación de conceptos y procedimientos, acompañados de procesos de realimentación para el aprendizaje significativo.

Las actividades de recuperación comprenderán acciones evaluativas definidas por cada docente.

La valoración obtenida por el estudiante, en la actividad de recuperación del periodo, será promediada con la nota inicialmente obtenida, siempre y en todo caso procurando favorecer al estudiante en su desempeño, es decir prevalecerá la nota más alta.

PARÁGRAFO 1: Las actividades de refuerzo y recuperación conservan su carácter de permanente durante cada periodo académico atendiendo al desempeño en las distintas actividades y procesos evaluativos.

PARÁGRAFO 2: Las actividades de recuperación de la semana trece (13) se realizarán en desarrollo del tiempo complementario de los docentes (contra jornada) según programación institucional o en casos de bajo desempeño de la mayoría del grupo o grado se podrán aplicar en el tiempo de clase del área, en este último caso el docente deberá solicitar autorización de coordinación o rectoría.

 


 

CAPÍTULO 3.

ESCALA DE VALORACIÓN INSTITUCIONAL

 

Artículo 16. Escala de valoración institucional y su equivalencia con la escala Nacional.

 

El Desempeño debe entenderse como la aplicación de los conocimientos, actitudes, hábitos y habilidades, en la solución de problemas y situaciones cotidianas. Se refiere al hecho de llevar a la acción como producto final de aplicación, lo aprendido por el estudiante mediante hechos en la vida real, laboratorios o simulaciones. Se entiende por desempeño, toda acción concreta del ser y que está sujeta a valoración durante el proceso pedagógico. Lo importante es que el estudiante en esta instancia del aprendizaje aplica los conocimientos adquiridos.

 

La escala de valoración contiene dos componentes:

 

Para efectos de la Valoración de los estudiantes en cada Área/Asignatura del Plan de Estudios, se establece la siguiente escala numérica, con su correspondiente equivalencia a la escala nacional según el Decreto 1290 y los criterios de evaluación definidos para cada uno de los desempeños que serán tenidos en cuenta para las valoraciones finales de cada una de las áreas.

                                                                                             

Valoración Institucional

Escala Nacional

Definición Institucional

De 1.0 a 2.9

Desempeño Bajo

-Bj-

Su nivel de desempeño académico, social y personal no supera los logros mínimos establecidos o se encuentra por debajo de las expectativas de aprendizaje mínimas determinadas por los planes de estudio de cada área o asignatura, teniendo como referente los estándares básicos, las orientaciones y lineamientos expedidos por el MEN y lo establecido en el PEI.

El estudiante es valorado dentro de este desempeño cuando:

1. No alcanza los logros mínimos requeridos por las áreas.

2. Presenta dificultades de comportamiento que inciden en su desempeño académico.

3. Desarrolla menos del mínimo de las actividades curriculares requeridas en el núcleo del saber.

4. Refleja poco sentido de pertenencia a la institución.

5. Presenta ausencias y retardos que inciden en su desarrollo integral,

generalmente no justificadas.

6. Presenta falta de compromiso y responsabilidad frente a su función como estudiante.

7. Le falta claridad frente a los criterios para autoevaluarse.

  De 3.0 a 3.9

Desempeño Básico

-Ba-

Su nivel de desempeño académico, social y personal muestra que alcanzó los logros de aprendizaje básicos determinados por los planes de estudio de cada área o asignatura.

El Estudiante alcanza este desempeño cuando:

1. Obtiene los logros necesarios dentro de la normalidad de un periodo.

2. Presenta ausencias y retardos justificados e injustificados.

3. Algunas veces presenta dificultades de comportamiento que inciden en su desempeño académico.

4. Desarrolla un mínimo de actividades curriculares requeridas en el núcleo del Saber.

5. Manifiesta sentido de pertenencia a la institución.

6. Le falta claridad frente a los criterios para autoevaluarse.

De 4.0 a 4.5 

Desempeño Alto

-Al-

Su nivel de desempeño académico, social y personal supera los logros de aprendizaje previstos en los planes de estudio de cada área o asignatura.

El estudiante alcanza este desempeño sí:

1. Obtiene los logros propuestos satisfactoriamente.

2. Presenta ausencias justificadas dando cumplimiento a los acuerdos establecidos en la institución.

3. Desarrolla actividades curriculares propias del núcleo del saber.

4. Manifiesta sentido de pertenencia con la institución.

5. Establece relaciones constructivas para la sana convivencia.

6. Valora y respeta el medio al que pertenece y aporta soluciones a su entorno.

7. Valora autónomamente su propio desarrollo

De 4.6 a 5.0

Desempeño Superior

-Su-

Su nivel de desempeño académico, social y personal es excepcional o supera las expectativas de los logros de aprendizaje determinados por los planes de estudio de cada área o asignatura.

El estudiante alcanza este desempeño sí:

1. Obtiene eficazmente todos los logros propuestos.

2. Asiste a clases cumplidamente y cuando presenta alguna inasistencia, la justifica oportunamente con su excusa, sin alterar su rendimiento académico.

3. Su excelente comportamiento, refleja el compromiso con la institución y su rol de estudiante.

4. Desarrolla actividades curriculares que exceden con calidad las exigencias esperadas en el núcleo del saber.

5. Manifiesta sentido de pertenencia e identidad con la institución.

6. Establece relaciones constructivas para la sana convivencia.

7.Valora y respeta el medio al que pertenece y aporta soluciones a su entorno.

8.Valora autónomamente su propio desarrollo.

 

PÁRAGRAFO 1: Escala de valoración para Preescolar: La escala de valoración para educación inicial es sobre el estado de desarrollo de cada dimensión. En Preescolar se evaluará de manera cualitativa usando la descripción de procesos, partiendo de las posibilidades y potencialidades de cada niño y niña y no de sus carencias, evidenciando los avances en relación con su propio proceso de formación integral, respetando ritmos, estilos y tiempos de aprendizaje.

 

PARÁGRAFO 2: Escala de valoración del grado primero a undécimo. Se expresa con la correspondiente valoración cuantitativa (1.0 a 5.0) y cualitativa (Bajo, Básico, Alto, Superior), obtenida en el proceso educativo a través del desarrollo de todo el conjunto de actividades, medios y ambientes pedagógicos de la institución.

 

PARÁGRAFO 3: En el seguimiento durante el período académico, se asignará valoración de 1.0 (uno, cero) en los siguientes casos: incumplimiento en la entrega de tareas, trabajos y evaluaciones sin causa justificada, anulación por fraude, por estar suspendido debido a acción correctiva y entrega de evaluaciones sin resolver. La valoración de 1.0 como nota del respectivo periodo se asignará a estudiantes sin evidencias de desempeño durante el mismo.

 

PARÁGRAFO 4: En todo caso las actividades evaluativas se calificarán de acuerdo al desempeño del estudiante. Si el estudiante responde acertadamente sólo una pregunta se le asigna nota de uno con cuatro (1.4), estableciendo así la diferencia con el estudiante que no responde acertadamente ninguna pregunta, cuestionamiento o ejercicio.

Para las pruebas con menos o más de cinco preguntas, cuestionamientos o ejercicios cada docente determinará proporcionalmente la escala valorativa. Por ejemplo, si son diez preguntas la escala podría ser:

Preguntas

Valoración

1

1.4

2

1.4

3

1.5

4

2.0

5

2.5

6

3.0

7

3.5

8

4.0

9

4.5

10

5.0

 

PARÁGRAFO 5: Para el caso de los estudiantes que ingresan a la institución cuando se ha desarrollado más de la mitad del periodo académico y traen sus respectivas valoraciones, estas se convalidarán. Si el estudiante no trae valoraciones en todas o en algunas áreas, la nota será definida duplicando la que obtenga en el siguiente periodo.

 

PARÁGRAFO 6: La continuidad en la asistencia por parte de los estudiantes es indispensable para el buen proceso de aprendizaje y su evaluación. La inasistencia no justificada del estudiante a las actividades escolares implica una valoración numérica de 1.0 para las actividades de aprendizaje realizadas durante su ausencia.

 

PARÁGRAFO 7: Para la justificación de una inasistencia o excusa son necesarias: la certificación de un profesional competente y/o el diligenciamiento y firma del formato de inasistencia a clases (excusa) por parte del representante legal o acudiente del estudiante según sea el caso, de acuerdo con lo estipulado en el Manual de Convivencia Escolar.

 

PARÁGRAFO 8: La excusa debe ser entregada en la coordinación el día de la ausencia del estudiante en casos excepcionales o de fuerza mayor se debe informar a coordinación durante el transcurso del día y legalizar la ausencia el día en el cual el estudiante se presenta nuevamente a la institución, para que se le autorice la presentación de las actividades que fueron evaluadas en su ausencia. Después de ser aprobada y firmada en coordinación, la excusa deberá ser presentada al docente de cada área.

 

PARÁGRAFO 9: Para efectos de cumplimiento con las actividades evaluativas realizadas durante la ausencia del estudiante, la validez de la excusa será de cinco días hábiles, tiempo que tendrá el estudiante para su respectiva presentación.

 

PARÁGRAFO 10: Cuando un estudiante acumula el 20% de inasistencia a clases en un área (con o sin excusa), se entenderá como reprobada en el respectivo periodo académico y la nota que obtendrá será la mínima dentro de la escala de valoración, es decir uno punto cero (1.0). Casos excepcionales de prolongada inasistencia justificada serán analizadas por el consejo académico.

 

PARÁGRAFO 11: La acumulación de tres retardos para el ingreso a una clase significará el registro de falta de asistencia. Se entiende por retardo la llegada tarde a una clase o la salida de ella antes de la hora en que la clase termina, sin el previo permiso del profesor encargado.

 

PARÁGRAFO 12: Aprobación de áreas. La aprobación del área será definida en función de la promoción de las asignaturas. El área que consta de una sola asignatura, su aprobación constituye la aprobación del área. En el caso de las áreas compuestas por dos o más asignaturas, no se establecerá promedio ponderado para cada una, ni se tendrá en cuenta su intensidad horaria en los grados que se dicta, por lo tanto, se definen de la siguiente manera:

 

Área

Asignatura

Asignatura

Ciencias Naturales y Educación Ambiental

Física. 100%

Química. 100%

Humanidades

Lengua Castellana (Español). 100%

Idioma Extranjero: Inglés. 100%

Matemáticas

Matemáticas. 100%

Geometría. 100%

Educación Ética y en Valores Humanos y Educación Religiosa

100%

 

 

PARÁGRAFO 13: Los estudiantes del Modelo Escuela Nueva y Postprimaria, serán valorados de acuerdo con su ritmo de aprendizaje. La evaluación en el Modelo Escuela Nueva y Postprimaria será permanente y enfatizará en el progreso y en los logros del estudiante, buscará y diseñará herramientas que permitan verificar en el proceso formativo, experiencias de aprendizaje basadas en la identificación, el planteamiento, la resolución de problemas y la interpretación de casos y hechos, aplicando igualmente métodos de comprensión, interpretación, análisis, síntesis y deducción – inducción.

Así mismo en Escuela Nueva, la evaluación implementará estrategias para desarrollar la capacidad de los estudiantes para autoevaluarse, promoviendo en ellos la reflexión, autonomía y habilidad para gestionar su aprendizaje.

 

 


 

CAPÍTULO 4.

PROMOCIÓN, GRADUACIÓN Y PROCLAMACIÓN

 

Artículo 17. Promoción

Se entiende por promoción, el acto administrativo por el cual la Comisión de Evaluación y de Promoción acredita a un estudiante para avanzar al siguiente grado y se aplica a todos los estudiantes regularmente al final de cada año lectivo.

La Institución Educativa Eduardo Fernández Botero, discrecionalmente, de acuerdo con el espíritu de la Ley General de Educación, Ley 115 de 1994, promoverá y celebrará contratos de matrícula para el grado siguiente, con aquellos estudiantes  que hayan cumplido con todos los criterios de promoción aquí establecidos y que no hayan incurrido en situaciones que afecten notablemente la convivencia o el orden académico, de conformidad con lo expuesto en el Manual de Convivencia y con el espíritu de la institución.

 

Artículo 18. Criterios de Promoción o Reprobación del año Escolar

Es la Comisión de Evaluación y Promoción de grado, la responsable de determinar el conjunto de estudiantes que aprueban o reprueban el año escolar.

 

1. En educación inicial: Los estudiantes avanzan en el proceso educativo, según sus capacidades y aptitudes personales teniendo en cuenta los criterios establecidos en los ejes de trabajo pedagógico para la primera infancia y el plan de estudios del nivel Preescolar.

 

2. De los grados primero a undécimo: Será promovido por parte de la Comisión de Evaluación y Promoción para el grado inmediatamente superior o declarado bachiller de la institución, el estudiante que apruebe todas las áreas con certificación conceptual en desempeño básico, alto o superior y certificación numérica entre 3.0 y 5.0.

 

3. Situaciones que conducen a la reprobación del año escolar. No será promovido el estudiante que cumpla con al menos uno de los siguientes criterios:

 

PARÁGRAFO 1: Para la anterior decisión, no se fijan límites o porcentajes de reprobación, la decisión se tomará basados en quienes no alcancen satisfactoriamente las competencias institucionalmente propuestas, en el diseño curricular de la Institución.

 

PARÁGRAFO 2: Durante la semana trece (13) del tercer periodo académico, los docentes consolidarán las valoraciones de las actividades evaluativas en cada una de las áreas y grados a cargo, a partir de ellas, se obtendrán los promedios ponderados de los tres periodos académicos, lo cual permitirá que, en reunión de la Comisión de Evaluación y Promoción, se determine los estudiantes que aprueban todas las áreas y los que finalizan con reprobación en una o más. En el caso de los estudiantes de CLEI V, la reunión de la Comisión de Evaluación y Promoción se realizará en la semana 10 del segundo periodo académico. La anterior se denominará Reunión de Comisión de Evaluación y Promoción Antes de Actividades Especiales de Recuperación (AAER).

 

PARÁGRAFO 3: Los estudiantes que según acta de la Comisión de Evaluación y Promoción finalizan con una o dos áreas reprobadas presentarán durante la semana catorce (14) del tercer periodo académico, Actividad Especial de Recuperación consistente en una prueba evaluativa con relación a los desempeños no alcanzados durante el año. Cada docente informará oportunamente a los estudiantes los aspectos que serán evaluados, forma, instrumentos y recursos a utilizar.

 

PARÁGRAFO 4: El docente reportará una nota definitiva del proceso evaluativo en formato institucional definido para ello y lo entregará debidamente firmado por las dos partes (docente y estudiante) en la secretaría de la institución.

 

PARÁGRAFO 5: Los resultados de las pruebas de Actividades Especiales de Recuperación, se registrarán en la plataforma académica como refuerzos, entendiéndose que para ser aprobada debe obtenerse valoración igual o superior a tres (3.0) en cada prueba.

 

PARÁGRAFO 6: Luego de cumplidas las Actividades Especiales de Recuperación se realizará nueva reunión de la Comisión de Evaluación y Promoción, para dejar constancia en acta de los resultados obtenidos por los estudiantes. A los estudiantes que aprueban todas las áreas evaluadas se les certificará aprobación de grado, los estudiantes que obtienen y continúan con valoración inferior a tres (3.0) en una o las dos áreas evaluadas, se les certifica reprobación de grado. La anterior, se denominará Reunión de Comisión de Evaluación y Promoción Después de Actividades Especiales de Recuperación (DAER).

 

PARÁGRAFO 7: Los estudiantes no promovidos, por reprobar una o dos áreas, podrán optar al inicio del siguiente año escolar, por la presentación de pruebas de suficiencia para Promoción Anticipada de grado, siempre y cuando en el año anterior no hayan sido promovidos anticipadamente, dado que no aplica para dos años consecutivos.

 

PARÁGRAFO 8: En el caso de los estudiantes de CLEI V, las Actividades Especiales de Recuperación se cumplirán en la última semana de actividades académicas del primer semestre y las pruebas de suficiencia para promoción Anticipada de CLEI, se les aplicará en la primera semana de actividades académicas del segundo semestre.

 

PARAGRAFO 9:   La calificación definitiva en cualquier grado, ciclo y nivel de la educación, cuando el estudiante presenta AER, será la que corresponda a su desempeño.

Si un estudiante no se presenta a las AER, deberá presentar el respectivo soporte legal o válido que sustente su inasistencia, dentro de los tres días siguientes a la fecha programada. En tal caso le será reprogramada la actividad especial de recuperación. De no presentar soporte legal, se entenderá como no cumplida la actividad de recuperación y deberá repetir el respectivo grado.

 

PARÁGRAFO 10: Los estudiantes que reprueben el mismo grado dos veces de manera consecutiva en la institución no podrán ser matriculados de nuevo para cursarlo por tercera vez. Esto, con el fin de generarles un cambio de ambiente escolar que contribuya a dinamizar su proceso de aprendizaje.

 

Artículo 19. La promoción en el Modelo Escuela Nueva y en Postprimaria

Será flexible y el estudiante tendrá la oportunidad de avanzar de un grado a otro, cuando demuestre en sus desempeños, los logros esperados por las competencias del proceso formativo.

 

Artículo 20. La promoción en la Media Técnica

Para aprobar la etapa de formación en décimo el estudiante deberá obtener una calificación no inferior a 3.0 en las áreas de formación técnica e igualmente en las áreas transversales o afines.

Para aprobar la etapa de formación especializada en undécimo, el estudiante deberá obtener una calificación no inferior a 3.0 en las áreas de formación técnica e igualmente en las áreas transversales o afines, y sin detrimento de las demás áreas del plan de estudios del grado undécimo, que deben ser asimismo aprobadas, es decir, la doble titulación: Bachiller Técnico y Técnico en la respectiva especialidad, aplica si se aprueban ambas. Si el estudiante reprueba la formación técnica no obtiene la doble titulación y se gradúa sólo como Bachiller Académico, igualmente sucede si reprueba la formación técnica y aprueba las áreas de grado undécimo.

Para optar a la formación técnica, los estudiantes nuevos que ingresen al grado once deben venir de haber cursado y aprobado el grado décimo con la misma especialidad a la que aspira. 

 

Artículo 21. La Promoción de estudiantes con discapacidad.

Según el decreto 1421 de 2017 respecto a promoción escolar de estudiantes con discapacidad se define que “cada establecimiento educativo determinará los criterios de promoción escolar de acuerdo con el sistema de evaluación de los estudiantes. Así mismo, el establecimiento educativo definirá el porcentaje de asistencia que incida en su promoción. Cuando el establecimiento educativo determine que un estudiante no puede ser promovido al grado siguiente, debe garantizarle, en todos los casos, el cupo para que continúe con su proceso formativo” (Decreto 1421 de 2017, pp. 16 -17).

 

Para favorecer una adecuada atención, acompañamiento y justicia en los criterios de promoción de los estudiantes con discapacidad, se contará con el apoyo y criterio de los siguientes miembros de la comunidad educativa durante y al finalizar el año lectivo:

• Docentes de los grupos en los que se encuentran los estudiantes.

• Profesionales de Apoyo Pedagógico o evaluación y/o recomendación de médico especialista.

• Seguimiento de la Comisión de Evaluación y Promoción.

 

De esta forma, la promoción de estudiantes con discapacidad tendrá en cuenta los siguientes aspectos:

• Avance en el desarrollo integral del estudiante.

• Diseño e implementación del PIAR – Ajustes razonables (en caso de requerirlo)

• Realizar seguimiento del proceso de aprendizaje en cada uno de los periodos con la participación de los docentes, coordinadores, orientación escolar, docente de apoyo pedagógico y familia, con el fin de valorar el alcance de los desempeños de aprendizaje propuestos en el PIAR según sea el caso, teniendo en cuenta su trayectoria educativa, proyecto de vida, las competencias desarrolladas, las situaciones de repitencia y el riesgo de deserción escolar.

• Soporte actualizado del acompañamiento especializado en correspondencia con el diagnóstico.

• Acompañamiento de los Padres de Familia o Acudientes.

• La edad cronológica es un factor determinante para su promoción, en tanto, el principio de la educación inclusiva, según el decreto 1421, reconoce la importancia de promover el aprendizaje, desarrollo y participación de los estudiantes con pares de su misma edad, en un ambiente de aprendizaje común.

• El porcentaje de asistencia a la institución educativa según lo establecido en el presente SIEP.

• El registro de las acciones de seguimiento académico realizado durante cada periodo a través de las comisiones de evaluación y promoción.

 

PARÁGRAFO: El proceso de promoción de estudiantes con trastornos del aprendizaje y/o del comportamiento tendrá en cuenta los ajustes razonables y el avance en el proceso de aprendizaje, desarrollo y participación según sea el caso.

 

 

Artículo 22. Criterios de Graduación y Proclamación de Bachilleres

 

Los criterios para la graduación son el conjunto de requisitos que debe reunir un estudiante del último grado escolar para obtener su título de bachiller. Por su parte, los criterios para la proclamación son el conjunto de requisitos que ha de reunir un graduando para recibir su título de bachiller académico o técnico en ceremonia pública.

 

Artículo 23. Criterios de Graduación.

La Comisión de Evaluación en su última sesión establecerá en acta el listado de estudiantes que ameriten graduarse y que cumplan con los siguientes criterios:

1. El título de Bachiller se otorga al estudiante de grado undécimo o CLEI VI, que haya obtenido desempeño básico, alto o superior en todas las asignaturas del plan de estudios del grado Once. Los estudiantes de la media técnica deberán aprobar las asignaturas del área técnica, competencias transversales y proyecto productivo.

2. Presentar la certificación de las 80 horas del Servicio Social Obligatorio.

3. Encontrarse a paz y salvo por todo concepto con la institución, para tal caso se diligenciará formato institucional que posibilite la respectiva certificación de cada dependencia.

4. Estar al día en todo lo relacionado con la documentación requerida por parte de la secretaría académica del colegio.

 

Artículo 24. Criterios para la Proclamación

 La proclamación es una ceremonia mediante la cual la Institución Educativa Eduardo Fernández Botero reconoce en los estudiantes el cumplimiento del perfil Eduardista, por lo tanto, es necesario aclarar que la proclamación es optativa por parte de la institución y que es un incentivo para los estudiantes, y su realización por parte de la institución no es obligatoria.

 

Para ser parte de la ceremonia de proclamación, el estudiante, además de los criterios de graduación ha de cumplir con:

1. No haberse visto involucrado en situaciones convivenciales tipo II y III contempladas en el manual de convivencia previo concepto del Comité Escolar de Convivencia y Consejo Directivo.

2. Haber presentado un comportamiento acorde al perfil Eduardista durante la prestación del servicio social y no haber dejado en entredicho el nombre de la institución y el PEI.

 

PARÁGRAFO 1. En educación inicial se evalúa y se promueve de conformidad con el artículo 10 del Decreto 2247 de 1997.

PARÁGRAFO 2. Con relación al certificado de Educación Básica, los estudiantes que culminan el grado noveno y que hayan aprobado todas las áreas, recibirán un certificado que dé cuenta de la culminación de este nivel de Educación Básica. En este aspecto es importante aclarar que no hay ceremonia de graduación, sino que se hace entrega del certificado junto con el boletín final de desempeño en grado Noveno.

PARÁGRAFO 3. A Los estudiantes de Media Técnica se les reconoce por la ejecución del proyecto productivo 40 horas válidas para la certificación del Servicio Social Estudiantil y las otras 40 horas las deben realizar en actividades relacionadas con la especialidad u otra forma de proyección a la comunidad. 

 

Artículo 25. Promoción Anticipada

De acuerdo con la Ley General de Educación, con los principios que la rigen, con su espíritu y con el Decreto 1290 de 2009, la Promoción Anticipada es un derecho de todos los estudiantes que estudia el Consejo Académico, la Comisión de Evaluación y Promoción o la Rectoría. Para ello, se tendrán en cuenta el desempeño académico y formativo del estudiante, sus habilidades, sus competencias y todos los demás aspectos de su proceso educativo.

Todos los estudiantes que se consideren con los aprendizajes requeridos podrán solicitar al inicio del año escolar la promoción anticipada.

La Institución Educativa Eduardo Fernández Botero tendrá en cuenta para el proceso de aprobación de la promoción anticipada dos casos específicos:

  1. Estudiantes repitentes de grado con una o dos áreas reprobadas en el año inmediatamente anterior cursado en la Institución Educativa Eduardo Fernández Botero.
  2. Estudiantes nuevos en el grado por desempeño excepcional.

 

Los estudiantes que aspiren a la promoción anticipada deberán regirse por el siguiente procedimiento y cumplir con las condiciones aquí establecidas:

  1. 1.     Para los estudiantes repitentes de grado. 

-        Presentar carta de solicitud de promoción anticipada, firmada por el estudiante y su representante legal dirigida al consejo académico a más tardar en la segunda semana del primer período académico.

-        Presentar durante la tercera semana de actividades académicas del año escolar, la prueba de suficiencia en las áreas (una o dos) reprobadas, en el año inmediatamente anterior.

-        Obtener una valoración igual o superior a 3.0 en cada área evaluada.

PARÁGRAFO 1: Si todas las áreas evaluadas son aprobadas se procederá por parte de rectoría a oficializar la promoción anticipada mediante Resolución Rectoral, en la cual se certificará para el respectivo grado las valoraciones de las áreas aprobadas el año inmediatamente anterior y las obtenidas en las pruebas de suficiencia.

PARÁGRAFO 2: Las valoraciones obtenidas hasta la fecha de presentación de las pruebas de suficiencia se registrarán para el primer periodo académico del nuevo grado, si es necesario se realiza ajuste a los indicadores de desempeño del respectivo grado en la plataforma académica.

PARÁGRAFO 3: Las tres primeras semanas del inicio del año escolar, el estudiante lo cursará en calidad de repitente de grado, si obtiene resultados satisfactorios en las pruebas de suficiencia será promovido al grado siguiente o al título de bachiller, si el resultado es de desempeño bajo en alguna de las áreas evaluadas, continuará en su condición de repitente de grado.

PARÁGRAFO 4: La prueba de suficiencia comprenderá entre diez o veinte puntos o preguntas. El instrumento evaluativo, diseño, estructura o tipo de evaluación será definido por el docente a cargo de la prueba.

PARÁGRAFO 5: La prueba de suficiencia será diseñada y aplicada por el docente titular del área, aunque a solicitud del estudiante y su representante legal con argumento válido puede ser aplicada por otro docente del área en calidad de segundo evaluador. 

 

 

  1. 2.     Para los estudiantes con desempeño excepcional:

La promoción anticipada solo rige para estudiantes de preescolar, básica primaria, básica secundaria y décimo de educación media.

Al estudiante que dadas sus capacidades excepcionales aspire a Promoción Anticipada mediante presentación de Pruebas de Suficiencia, se le evaluará en todas las áreas del grado que cursa.

 

Para ello es necesario:

-        Presentar carta de solicitud de promoción anticipada, firmada por el estudiante y su representante legal dirigida al Consejo Académico entre la primera y segunda semana del primer período académico.

-        Presentar durante la tercera semana de actividades académicas del año escolar, la prueba de suficiencia en todas las áreas del grado que cursa.

-        Obtener en las pruebas una valoración igual o superior a 3.0 en todas las áreas o asignaturas del grado que cursa.

PARÁGRAFO 1: Si todas las áreas evaluadas son aprobadas se procederá por parte de rectoría a oficializar la promoción anticipada mediante Resolución Rectoral, en la cual se certificará para el respectivo grado las valoraciones obtenidas en las pruebas de suficiencia.

PARÁGRAFO 2: En caso de aprobarse la promoción anticipada, las valoraciones obtenidas hasta la fecha de presentación de las pruebas de suficiencia se registrarán para el primer periodo académico del nuevo grado.

PARÁGRAFO 3: En caso de no aprobarse la promoción anticipada el estudiante continuará en el grado inicialmente matriculado.

PARÁGRAFO 4: La prueba de suficiencia constará como máximo de diez puntos o preguntas. El instrumento evaluativo, diseño, estructura o tipo de evaluación será definido por el docente a cargo de la prueba.

PARÁGRAFO 5: La prueba de suficiencia será diseñada y aplicada por el docente titular del área, aunque a solicitud fundamentada por parte del estudiante y su representante legal puede ser aplicada por otro docente del área en calidad de segundo evaluador. 

 

Artículo 26. Aplazamiento de grado o año escolar

Es el retiro voluntario que realiza el representante legal de un estudiante, por motivo de fuerza mayor; con los soportes respectivos. Esta situación genera una reserva de cupo que permite retomar posteriormente los estudios en el grado en el cual se encontraba.

 

Artículos 27. Situaciones que ameriten el aplazamiento y parámetros que regulan el procedimiento

La situación de aplazamiento del año escolar se dará bajo los siguientes parámetros, siempre y cuando la situación se presente durante el último periodo académico.

1. Por enfermedad, que genera ausencias reiterativas y/o continuas, soportadas con valoración médica especializada y que requieran de un tratamiento prolongado.

2. Por licencia de maternidad.

3. Situaciones de fuerza mayor, que generen ausencia reiterativa y/o continúa y son informadas al colegio. Estas situaciones son estudiadas por el Consejo Académico y Consejo Directivo, con las evidencias respectivas. El aval lo emite el Consejo Directivo.

 

Artículo 28. Protocolo para el aplazamiento de grado

1. Solicitud por escrito, por parte del acudiente y dirigida al Consejo Académico.

2. El Consejo Académico, previo estudio remite la solicitud al consejo directivo.

3. La comisión de evaluación y promoción del grado analiza la situación del estudiante y la registra en el acta final anexando un informe de los resultados obtenidos por el estudiante para determinar su promoción o reprobación.

4.  En caso de proceder el aplazamiento del grado, entre la primera y segunda semana del año escolar siguiente, el(a) coordinador(a) recibirá de cada docente las actividades evaluativas que deberá presentar el estudiante y hará entrega de ellas al representante legal del estudiante junto con el cronograma establecido para su presentación y sustentación.

5. En caso de proceder el aplazamiento del grado, durante la tercera y cuarta semana del año escolar siguiente, el estudiante presenta las actividades evaluativas (al(a) coordinador(a) o al docente del área), procediendo luego a su evaluación y valoración.

6. El docente evaluador en cada una de las áreas, entrega el concepto al respectivo coordinador(a) quien reportará a la Comisión de Evaluación y al Consejo Académico a través de oficio.

7. El Consejo Académico previa revisión de los informes, reporta a Consejo Directivo para su validación.

8. En caso de persistir la situación especial para el estudiante, el Consejo Directivo analizará el caso haciendo las respectivas consultas administrativas ante Secretaría de Educación Departamental.

PARÁGRAFO 1: La respuesta a la solicitud de aplazamiento escolar debe darse máximo dentro de los 30 días posteriores a la fecha de radicación de la solicitud.

PARÀGRAFO 2: Mientras el estudiante resuelve la situación de aplazamiento del grado, asistirá en el nuevo año escolar, como repitente del respectivo grado.

PARÁGRAFO 3: Si los resultados de las actividades presentadas no evidencian los desempeños básicos requeridos para el grado aplazado, el estudiante no se promueve y deberá continuar como repitente o reiniciar su proceso.

 

 

 

 

 

CAPÍTULO 4.

INFORMES ACADÉMICOS

 

Artículo 29. Periodicidad de entrega de informes a padres de familia y /o representante legal

Dando cumplimiento al Decreto 1290 en el Artículo 11, numerales 4 y 6, la Institución Educativa Eduardo Fernández Botero dispone distribuir las cuarenta (40) semanas de trabajo académico con estudiantes dispuestas por la normatividad colombiana así:

 

Periodo académico

Duración

Ponderación

Primer periodo

13 semanas

30%

Segundo periodo

13 semanas

35%

Tercer periodo

14 semanas

35%

 

El número de entrega de informes académicos a padres de familia, incluyendo el informe final, será de tres. El informe de evaluaciones de cada período se entregará a los padres de familia o acudientes en la semana siguiente a la finalización del período, donde se dará cuenta del avance integral del estudiante, con una valoración de desempeño acompañada de una descripción cualitativa. Dicha entrega de informes de período se realizará por parte del(a) director(a) de grupo y con la asistencia obligatoria del padre de familia o acudiente.

 

El informe de cada periodo académico, además de nombre y apellidos del estudiante, código de matrícula, grado, grupo, periodo, áreas e intensidad horaria, número de puesto, faltas de asistencia promedio acumulado y fecha de emisión del informe, contendrá:

 

• Para Preescolar, se presenta una descripción cualitativa teniendo en cuenta las dimensiones comunicativa, cognitiva, corporal, socioafectiva, estética, ética y espiritual, describiendo en qué etapa se encuentra el estudiante en términos de avances con relación al propio proceso.

 

• Para educación Básica y Media, se entrega un informe que presenta la descripción cualitativa (juicios de valoración), con la correspondiente valoración cuantitativa, con respecto a los desempeños del estudiante en todas y cada una de las áreas o asignaturas.

 

Al finalizar el año escolar, se entregará el informe definitivo, que incluirá los resultados del tercer período, el promedio acumulado y las valoraciones definitivas del estudiante, así como el concepto de promoción. Además de los informes académicos del período, los directivos, docentes, estudiantes y familias, podrá solicitar información continua de los procesos académicos de los estudiantes, igualmente podrán hacer seguimiento a los resultados a través de la página web de la plataforma académica, ingresando a su perfil con su usuario y contraseña.

 

El informe final además de los datos personales e información de áreas contendrá:

 

 

 

 

Artículo 30: Informes parciales.

Se citará y se entregará un informe parcial a los padres de familia durante la octava semana de cada período académico, según día y horario que organice la Institución. Este informe será arrojado por el sistema de calificaciones Máster 2000, de acuerdo a las notas ingresadas en cada área o asignatura y corresponderá a la evaluación de los desempeños mostrados por los estudiantes hasta la séptima semana en cada período. La evidencia quedará registrada en el control de asistencia a padres de familia o acudientes; es responsabilidad de éstos el acceso a esta información, puesto que la Institución brinda las herramientas necesarias para que esté enterado del proceso académico del estudiante durante el periodo académico. Si el estudiante presenta desempeño bajo en áreas o asignaturas, es deber del Padre de Familia o Acudiente aprovechar el tiempo establecido para buscar un espacio con los docentes para conocer la situación particular y poder establecer actividades de mejoramiento.

Igualmente, durante la semana once, los padres de familia o acudientes podrán consultar a los docentes sobre el desempeño académico del estudiante y especialmente de aquellos que establecieron compromisos de mejoramiento según el informe parcial de la octava semana del periodo. La atención a los padres de familia y acudientes se realizará durante los dos primeros periodos de clase del miércoles de la respectiva semana.

En la sede María Auxiliadora la atención a padres se realizará todos los días de la semana once, al finalizar la jornada escolar.

 

 

Artículo 31. Estructura de los informes de los estudiantes

Los informes que presentan las valoraciones en términos del alcance de los desempeños contienen:

  1. Identificación de la Institución Educativa.
  2. Identificación del estudiante.
  3. Identificación del grado que cursa.
  4. Período académico y fecha de emisión del informe.
  5. Puesto que ocupa el estudiante en el periodo.
  6. Para Preescolar: Dimensiones evaluadas
  7. Para educación básica y media: áreas y asignaturas evaluadas.
  8. Enunciación de juicios valorativos emitidos por cada docente para cada área.
  9. Valoración cualitativa y cuantitativa de los desempeños de los estudiantes.

10.  Evaluación cualitativa del aspecto social y convivencia.

11.  Control de asistencia escolar por área, en el periodo y acumulada.

12.  Escala valorativa institucional y nacional.

13.  Cuadro resumen acumulado para primer, segundo, tercer informe y final.

14.  Observaciones de Promoción, reprobación o aplazamiento, según el caso.

15.  Firma de Director de grupo.

 

Artículo 32. Sistematización de logros e indicadores en cada periodo académico

Para la sistematización de los desempeños de los estudiantes (logros e indicadores), los docentes para cada área han de registrar: 

Para los estudiantes con desempeño Superior, Alto o Básico, se sistematizará el logro del periodo o unidad y mínimo tres indicadores actitudinales.

Para los estudiantes con desempeño Bajo, no se registrará el logro, se sistematizarán indicadores positivos, negativos y mínimo tres indicadores actitudinales.

Para los estudiantes con desempeño Superior, Alto o Básico de grado Preescolar, Primero y Segundo, se podrá utilizar el logro o indicadores positivos y negativos más un mínimo de tres indicadores actitudinales. 

 

 

 

 

CAPÍTULO 5.  

DE LAS COMISIONES DE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN DE LOS ESTUDIANTES

 

Artículo 33: Comisión de Evaluación y Promoción.

Es una instancia de seguimiento con poder de decisión en el campo académico y que genera recomendaciones a nivel convivencial, cuyos propósitos principales son: revisar y analizar los resultados de los estudiantes periodo a periodo, proponiendo estrategias que favorezcan el desarrollo integral de los mismos y al finalizar el año determinar la aprobación o reprobación del grado.

 

La Comisión de Evaluación y Promoción intervendrá con acciones que potencien la superación de las dificultades académicas analizando los casos de los estudiantes con desempeño bajo en cualquiera de las asignaturas, teniendo en cuenta las características y particularidades de los estudiantes. Además, en cada período, esta comisión recomendará estímulos por reconocimiento a los estudiantes con una mención de honor a quienes con su esfuerzo, constancia y buen rendimiento académico hayan alcanzado los estándares de competencias.

 

La Comisión de Evaluación y Promoción, también estudiará y planteará alternativas de evaluación a los estudiantes con situaciones excepcionales, tales como problemas de seguridad, ausencias reiteradas justificadas, calamidad familiar, condiciones de discapacidad o estado de salud, entre otras.

 

Artículo 34. Conformación.

Cada grado contará con una Comisión de Evaluación y Promoción integrada por:

El Rector o su delegado y todos los docentes directores de grupo del grado.

 

Artículo 35. Reuniones y Determinaciones

La Institución Educativa Eduardo Fernández Botero busca mediante estas comisiones realizar el control, análisis, acompañamiento y verificación de los procesos de evaluación y promoción. Se reunirán de forma ordinaria de la siguiente manera:

 

PARÁGRAFO 1: Las decisiones tomadas por las Comisiones de Evaluación y Promoción deben regirse por la legislación educativa vigente y el Manual de Convivencia Escolar de la Institución.

PARÁGRAFO 2: La Docente Orientadora y los Profesionales de Apoyo Educativo (Psicólogos, Profesionales de Apoyo Pedagógico, entre otros), serán invitados a las Comisiones de Evaluación y Promoción, con el fin de que los seguimientos, reportes y tratamientos realizados a algunos estudiantes, sean tenidos en cuenta para la toma de decisiones.

 

Artículo 36. Funciones de las Comisiones de Evaluación y Promoción

Son funciones de la comisión de evaluación y promoción:

1. Asumir las orientaciones emanadas por el Consejo Académico en cada periodo.

2. Convocar a reuniones de docentes por grados y áreas, para analizar los resultados de los estudiantes y proponer estrategias pedagógicas para el mejoramiento de los procesos educativos.

3. Servir de instancia para decidir sobre reclamaciones que puedan presentar los estudiantes, padres de familia o docentes, que consideran se haya vulnerado algún derecho en el proceso académico.

4. Valorar periodo a periodo el proceso de los estudiantes en sus desempeños académicos y convivenciales.

5. Promover a los estudiantes que hayan cumplido o que demuestren que han alcanzado los objetivos, propósitos y competencias establecidas y considerados pertinentes para cada grado.

6. Determinar la reprobación de un estudiante teniendo en cuenta las disposiciones según decreto 1290 y los criterios establecidos institucionalmente.

 

 


 

CAPÍTULO 6.  

ESTRATEGIAS DE APOYO PARA RESOLVER SITUACIONES PENDIENTES DE LOS ESTUDIANTES O PARA LA MOTIVACIÓN DE LOS ESTUDIANTES CON DESEMPEÑOS SUPERIORES

 

Artículo 37: Estrategias de apoyo para superar las debilidades de los estudiantes.

Las estrategias de apoyo para la superación de las dificultades consisten en el conjunto de acciones propuestas por el docente y desarrolladas por el estudiante con el fin de alcanzar las metas de aprendizaje propuestas en cada área. Serán realizadas en forma permanente, sin embargo, antes de finalizar cada período académico, los docentes implementarán estrategias para superación de debilidades de aquellos estudiantes que estén obteniendo nivel de desempeño bajo en las áreas que orienta.

 

Estas estrategias de apoyo deben tener en cuenta la integralidad y dignidad de los estudiantes, para que de esta manera se evidencien sus avances, por lo tanto, deben ser secuenciales y pertinentes.

 

Las acciones descritas a continuación pretenden realizar un seguimiento juicioso y sistemático del desempeño de los estudiantes para que alcancen los logros propuestos para cada área y evitar la deserción del estudiante y, en lo posible, la repitencia.

 

1. Acciones durante el período.

a. Dialogar con padres de familia para implementar estrategias que le sirvan al estudiante para superar sus dificultades. Entre estas acciones preventivas están:

✓ Organizar horario de estudio en casa.

✓ Implementar técnicas y hábitos de estudio. 

ü    Revisar cuadernos diariamente.  

ü    Tener los materiales necesarios para el estudio.  

ü    Hacer un compromiso con los padres y estudiantes para mejorar los procesos de aprendizaje durante el periodo.  

✓ Para los estudiantes con discapacidad, tener continuidad con los procesos externos con el sector salud.

b. Reuniones periódicas con los padres de familia para dar a conocer de manera verbal, los avances y dificultades del desempeño académico y revisar los compromisos acordados.

c. El docente en su clase implementará diversas estrategias evaluativas acorde a los tres principios del Diseño Universal del Aprendizaje, tales como: pruebas escritas, orales, proyectos, exposiciones, carteleras y otras para aprovechar las múltiples inteligencias de los estudiantes, acorde a los estilos y ritmos de aprendizaje.

d. Se hará uso de monitorias en las que los estudiantes que tengan mejor desempeño les colaborarán a los que presenten dificultades.

 

2. Acciones al finalizar el año lectivo. Antes de finalizar el año escolar, los estudiantes que finalicen su grado con reprobación de una o dos áreas podrán presentar Actividades Especiales de Recuperación, las cuales evaluarán los desempeños no alcanzados durante el año. La nota mínima de aprobación de dichas actividades es 3.0

 

3. Acciones al inicio del año escolar: Los estudiantes que hayan finalizado el año inmediatamente anterior con reprobación en una o dos áreas podrán solicitar y presentar pruebas de suficiencia para la promoción anticipada de grado.

 

 

Artículo 38. Estímulos a los Estudiantes

 

La Institución Educativa Eduardo Fernández Botero, reconocerá incentivos o estímulos a los estudiantes que se destaquen por sus desempeños y /o por los esfuerzos realizados para superar las diferentes etapas de su formación académica y convivencial así:

CAPITULO 7.

ACCIONES Y ESTRATEGIAS DE SEGUIMIENTO PARA EL MEJORAMIENTO DE LOS DESEMPEÑOS DE LOS ESTUDIANTES  

 

Artículo 39.   Estrategias de valoración de los desempeños de los estudiantes.  

La estrategia de valoración es el conjunto articulado y lógico de acciones desarrolladas por el docente que le permiten tener una información y una visión clara de los desempeños de los estudiantes desde sus dimensiones personales, sociales, cognitivas y procedimentales.

 

La Valoración integral de los estudiantes tiene en cuenta la explicación o descripción de los niveles de aprendizaje, de comprensión, de alcance de logros, de la motivación y de actitudes del estudiante respecto a las diferentes actividades del proceso de enseñanza aprendizaje.

 

En la Institución Educativa Eduardo Fernández Botero, el ciento por ciento (100%) de la valoración del proceso de aprendizaje de los estudiantes en cada área y periodo académico, tendrá en cuenta los aspectos cognoscitivos, procedimentales y actitudinales. De acuerdo con los siguientes valores porcentuales para cada área desarrollada del plan de estudios:

 

El docente debe ingresar oportunamente al sistema de notas o plataforma académica institucional la valoración de cada actividad evaluativa que hace parte de cada uno de los procesos de aprendizaje a fin de favorecer el seguimiento por parte de los distintos actores educativos.

 

La valoración del componente actitudinal se realiza mediante diálogo entre docente y estudiante (tipo encuentro o entrevista) y teniendo en cuenta los criterios definidos en el proceso de autoevaluación de los estudiantes. Si no hay punto de encuentro se promedia las valoraciones del estudiante y el docente.

 

A fin de garantizar acciones y estrategias para el seguimiento y mejoramiento de los desempeños de los estudiantes, el docente debe:

 

 

 

CAPÍTULO 8.

ACCIONES DE SEGUIMIENTO Y MEJORAMIENTO QUE GARANTIZAN EL CUMPLIMIENTO DEL SISTEMA INSTITUCIONAL DE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN

 

Artículo 40.  Acciones para que los docentes y directivos docentes cumplan los procesos del sistema institucional de evaluación y promoción.

 

Acciones de los docentes:

 

 

Acciones de los coordinadores.

 

 

Acciones del rector.

 

 

 

CAPÍTULO 9.

LAS INSTANCIAS, PROCEDIMIENTOS Y MECANISMOS DE ATENCIÓN Y RESOLUCIÓN DE RECLAMACIONES DE PADRES DE FAMILIA Y ESTUDIANTES SOBRE LA EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN

 

Artículo 41. Instancias, procedimientos y mecanismos para resolver reclamaciones.

En el marco de debido proceso y frente a cualquier circunstancia para resolver reclamaciones de padres de familia y estudiantes sobre la evaluación y promoción es necesario acudir a las instancias que se requieran:

 

En la Institución Educativa Eduardo Fernández Botero, el conducto regular para realizar reclamaciones en materia de evaluación observa las siguientes instancias:

  1. 1.    Docente del Área.
  2. 2.    Coordinación
  3. 3.    Rectoría
  4. 4.    Comisión de Evaluación y Promoción
  5. 5.    Consejo Académico.
  6. 6.    Consejo Directivo.
  7. 7.    Secretaría de Educación Municipal
  8. 8.    Secretaría de Educación de Antioquia

 

Procedimiento para resolver reclamaciones: Para resolver las reclamaciones de los estudiantes, profesores o padres de familia se procede así:

  1. 1.    Solicitud por escrito, con descripción de los hechos, motivo de la reclamación, adjuntando las evidencias; ante la instancia que corresponda, lo cual configura un Derecho de Petición.
  2. 2.    Presentar el Recurso de Reposición, frente a una decisión tomada por el profesor del Área, en la Coordinación, en los 10 días hábiles siguientes a la determinación de este.
  3. 3.    Presentar el Recurso de Apelación ante el Rector, si hecha la Reposición, la respuesta fue negativa y el estudiante o afectado insiste con evidencias en su argumentación, en los 10 días hábiles siguientes.
  4. 4.    Consultar las instancias siguientes si así lo amerita el caso.

 

Artículo 42. Recursos

El recurso es el medio por el cual se solicita se modifique, aclare, revoque o adicione un acto administrativo, procede contra los actos administrativos o decisiones que le ponen fin a un conflicto.

A nivel de determinaciones institucionales, es posible hacer uso de los siguientes recursos:

 

Recurso de Apelación: El recurso de apelación es un mecanismo legal que tiene por objeto que una instancia superior revise la resolución dictada o decisión de una instancia inferior y de ser necesario, la modifique o anule. En otras palabras, es un medio de impugnación de una decisión no favorable con la que no estamos de acuerdo. Este recurso puede ser invocado, en cualquier caso, pero siempre solo por las partes involucradas y activas en el proceso que se sientan perjudicadas por la decisión.

 

Recurso de Reposición: Con esta figura se busca que la instancia que tomó la decisión evalúe las inconsistencias y con base en esto, revoque o modifique la decisión. El recurso de reposición se presenta ante el mismo funcionario que expidió el acto o tomó la decisión, dentro de los tres días hábiles siguientes a partir del momento de la notificación.

 

Recurso de Queja: se presenta ante el superior cuando no se ha concedido la apelación, mediante escrito al que deberá acompañarse copia de la decisión que haya negado el recurso, De este recurso se podrá hacer uso dentro de los cinco (5) días siguientes a la notificación de la decisión.

 

Artículo 43. Aclaraciones con relación al uso de los recursos.

Una vez llegue la reclamación, el responsable –según las instancias mencionadas- tiene un plazo de acuerdo con la normatividad del derecho para responder de 10 días hábiles.  El estudiante o padre de familia y/o acudiente puede acordar una cita con la instancia correspondiente para hacer llegar por escrito su reclamación. 

 

La instancia responsable de dar respuesta debe remitirse a los registros que evidencien el seguimiento del estudiante. Corroborada la situación demandada, procede según corresponda, luego se comunica con el estudiante, padre de familia o acudiente, dando respuesta escrita a la reclamación.

 

Cuando la inconformidad corresponda a las decisiones tomadas por la comisión de evaluación y promoción, los representantes legales pueden interponer el recurso de apelación en forma respetuosa contra las decisiones que a su juicio afecten académicamente al estudiante. Este recurso será presentado por escrito al Consejo Académico dentro de los 10 días hábiles siguientes a la notificación de la decisión desfavorable al apelante y dentro de un plazo no mayor a 10 días hábiles siguientes el Consejo Académico dará respuesta a la solicitud.

 

De igual manera, se podrá presentar apelación por escrito al Consejo Directivo, dentro de los 10 días hábiles siguientes a la notificación de la decisión desfavorable al apelante por parte del Consejo Académico.

 

La resolución que decide la apelación se emitirá en un término no superior a diez (10) días hábiles; en caso de confirmarse la decisión inicial, no es susceptible de recurso alguno. De ser revocada o reformada, entonces, se emitirá una resolución debidamente sustentada en las razones que justifiquen la decisión, comunicándose personalmente al estudiante y a los padres o acudientes y a la comunidad educativa, mediante fijación en cartelera durante tres (3) días hábiles.

PARÁGRAFO 1: Los reclamos, inquietudes o cuestionamientos vulgares, descorteses, desobligantes, anónimos o calumniosos no tendrán validez para los docentes y directivas de la institución, por tanto, la institución no se obligará a dar respuesta.

PARÁGRAFO 2: Adicional a los mecanismos antes referidos, los padres pueden presentar sus inquietudes a través de entrevistas con los docentes, según el horario de atención establecido, citación escrita o en la agenda institucional. Estas entrevistas deben solicitarse con antelación y realizarse de manera cordial y respetuosa, evitando el uso de palabras vulgares, descorteses, desobligantes o calumniosas, entre los actores implicados en esta. PARÁGRAFO 3: Mientras la instancia no decida el recurso, el estudiante conservará su condición de activo en el grado en el cual se encuentra cursando sus estudios, hasta tanto se emita la Resolución.

 

 


 

CAPÍTULO 10.

DE LOS MECANISMOS DE PARTICIPACIÓN DE LA COMUNIDAD EN LA CONSTRUCCIÓN DEL SISTEMA INSTITUCIONAL DE EVALUACIÓN 

 

Artículo 44. Mecanismos de participación de la Comunidad en la construcción del Sistema Institucional de evaluación. 

La Institución Educativa Eduardo Fernández Botero siempre ha mantenido un espíritu democrático y participativo. El SIE es una construcción continua donde participan todos los estamentos que conforman la institución y todos los diferentes órganos del Gobierno Escolar. De acuerdo con lo anterior, existen diversos mecanismos formales de participación de toda la comunidad Eduardista en la construcción y el mejoramiento del Sistema Institucional de Evaluación.

Por lo tanto, es necesario que en su discusión y mejoramiento participen el Consejo Directivo, el Consejo Académico, el Consejo de Padres, los Docentes, Las Comisiones de Evaluación y Promoción, el Consejo Estudiantil, el Personero Estudiantil, a través de las instancias señaladas en el Decreto 1290 de 2009.

 

  1. Al Consejo Directivo, como la máxima autoridad institucional, le corresponde, entre otras funciones las siguientes:

 

  1. Al Consejo Académico, como órgano consultivo del Consejo Directivo y quien vela por el estudio del currículo y el proceso enseñanza – aprendizaje - evaluación a nivel institucional, le corresponde, entre otras las siguientes funciones:

 

  1. A las Comisiones de Evaluación y Promoción, le corresponde además de las funciones contempladas en el artículo 32 del presente documento, lo siguiente:

 

  1. Al Consejo de Padres, le corresponde:

 

  1. Al Consejo de estudiantes, le corresponde:

 

  1. Al personero estudiantil, le corresponde:

 

Artículo 45: Responsabilidades del establecimiento educativo.

En cumplimiento de las funciones establecidas en la ley, el establecimiento educativo debe:

1. Definir, adoptar y divulgar el Sistema Institucional de Evaluación de Estudiantes, después de su aprobación por el Consejo Académico.

2. Incorporar en el Proyecto Educativo Institucional los criterios, procesos y procedimientos de evaluación; estrategias para la superación de debilidades y promoción de los estudiantes, definidos por el Consejo Directivo.

3. Realizar reuniones de docentes y directivos docentes para analizar, diseñar e implementar estrategias permanentes de evaluación y de apoyo para la superación de debilidades de los estudiantes y dar recomendaciones a estudiantes, padres de familia y docentes.

4. Promover y mantener la interlocución con los padres de familia y el estudiante, con el fin de presentar los informes periódicos de evaluación, las estrategias de apoyo para la superación de las debilidades, y acordar los compromisos por parte de todos los involucrados.

5. Crear comisiones u otras instancias para realizar el seguimiento de los procesos de evaluación y promoción de los estudiantes, si lo considera pertinente.

6. Atender los requerimientos de los padres de familia y de los estudiantes y programar reuniones con ellos cuando sea necesario.

7. A través de Consejo Directivo servir de instancia para decidir sobre reclamaciones que presenten los estudiantes o sus padres de familia en relación con la evaluación o promoción

8. Analizar periódicamente los informes de evaluación con el fin de identificar prácticas escolares que puedan estar afectando el desempeño de los estudiantes, e introducir las modificaciones que sean necesarias para mejorar.

9. Presentar a las pruebas censales del ICFES la totalidad de los estudiantes que se encuentren matriculados en los grados evaluados, y colaborar con este en los procesos de inscripción y aplicación de las pruebas, según se le requiera. (Decreto 1290 de 2009, artículo 11).

 

Artículo 46: Creación del Sistema Institucional de Evaluación y Promoción.

Los establecimientos educativos deben como mínimo seguir el procedimiento que se menciona a continuación:

1. Definir el Sistema Institucional de Evaluación y Promoción.

2. Socializar el sistema institucional de evaluación con la comunidad educativa.

3. Aprobar el Sistema Institucional de Evaluación y Promoción en sesión en el Consejo Directivo y consignación en el acta.

4. Incorporar el Sistema Institucional de Evaluación y Promoción en el Proyecto Educativo Institucional, articulándolo a las necesidades de los estudiantes, el plan de estudios y el currículo.

5. Divulgar el Sistema Institucional de Evaluación y Promoción a la comunidad educativa.

6. Divulgar los procedimientos y mecanismos de reclamaciones del Sistema Institucional de Evaluación y Promoción.

7. Informar sobre el Sistema Institucional de Evaluación y Promoción a los nuevos estudiantes, padres de familia y docentes que ingresen durante cada período escolar. PARÁGRAFO. Cuando el establecimiento educativo considere necesaria la modificación del Sistema Institucional de Evaluación y Promoción deberá seguir el procedimiento dispuesto en el artículo 2.3.3.3.3.8 del Decreto 1075 de 2015, procedimiento que también debe aplicarse cuando el Establecimiento Educativo requiera modificarlo

 

 

 

CAPÍTULO 11. DISPOSICIONES FINALES

 

Artículo 47. Consideraciones finales.

 

  1. En coherencia con el espíritu del Sistema de Evaluación de la Institución Educativa Eduardo Fernández Botero, se podrán realizar modificaciones o ajustes a éste cuando así se requiera, previo análisis de los integrantes que conforman los diversos órganos que representan a la comunidad de la institución.

 

  1. El presente documento, SIEP, hace parte integral del Proyecto Educativo Institucional de la Institución Educativa Eduardo Fernández Botero y se incorpora automáticamente al mismo, como anexo.

 

 

  1. El presente acuerdo podrá ser modificado según las necesidades institucionales, previo aval del consejo académico y aprobación del consejo directivo, y rige a partir de su expedición derogando los que le sean contrarios.

 

Anexos

 

 

Anexo 1. PIAR- Información general del estudiante.

 

Anexo 1 PIAR-

INFORMACIÓN GENERAL DEL ESTUDIANTE

Fecha y Lugar de Diligenciamiento

 

Nombre de la Persona que diligencia:

Rol que desempeña en la SE o la IE:

 

 

  1.  Información general del estudiante

 

Nombres:

Apellidos:

 

Lugar de nacimiento:

Edad:

Fecha de nacimiento:

Tipo: TI. __ CC __ RC __ otro: ¿cuál?

No de identificación:

 

Departamento donde vive

Antioquia

Municipio: Amalfi

 

Dirección de vivienda

 

Barrio/vereda:

 

Teléfono

 

Correo electrónico:

 

Nombre de la Institución educativa a la que pertenece:

 

 

Grado:

Jornada:

 

¿Se reconoce o pertenece a un grupo étnico? ¿Cuál? 

 

¿Se reconoce como víctima del conflicto armado? Si __ __ (¿Cuenta con el respectivo registro? Si ___ No __)

 

Medio que usa el estudiante para transportarse a la institución educativa:

 

         

 

  1.  Entorno Salud:

 

Afiliación al sistema de salud       

SI ____   No____

EPS

 

Contributivo

Subsidiado:

Lugar donde le atienden en caso de emergencia:

¿El estudiante está siendo atendido por el sector salud?

Si

No

Frecuencia:

Tiene diagnóstico médico:

Si      

No

Cuál:

¿El estudiante está asistiendo a terapias?

Si

No:

¿Cuál?

 

¿Cuál?

 

¿Cuál?

Frecuencia

¿Actualmente recibe tratamiento médico por alguna enfermedad en particular?   SI_ NO____

¿Cuál? Ejemplo: para controlar epilepsia, uso de oxígeno, insulina, etc.)

¿Consume medicamentos? Si__ No _ Frecuencia y horario (Nombre medicamento y si debe consumirlo en horario de clases)

 

¿Cuenta con productos de apoyo para favorecer su movilidad, comunicación e independencia? 

NO _____ SI___     ¿Cuáles? Ejemplos: Sillas de ruedas, bastones, tableros de comunicación, audifonos etc.

 

  1. Entorno Hogar:

 

Nombre de la madre

 

Nombre del padre

 

Ocupación de la madre

 

Ocupación del padre

 

Nivel educativo alcanzado

 

Nivel educativo alcanzado

 

Nombre Cuidador

Parentesco con el estudiante:

Nivel educativo cuidador:

Teléfono:

Correo electrónico:

No. Hermanos

 

Lugar que ocupa:

¿Quiénes   apoyan la crianza del estudiante?

 

Personas con quien vive:

 

¿Está bajo protección?

Si__   No__

 

La familia recibe algún subsidio de alguna entidad o institución: SI__ NO___ ¿Cuál? 

 

 

 

  1. 4.     Bienestar Emocional

 

¿Acata normas dentro del contexto educativo?

SI: _______   NO: _____

¿Acata normas dentro del contexto familiar? 

SI: ________   NO: _____

Estado de ánimo:

Bajo___ Fluctuante __ Estable___ 

Como es la relación con sus pares

Buena: _____

Regular: _____

Mala: _____

 

OBSERVACIONES:

Aquí se describen aspectos que se consideren significativos para conocer al estudiante, relacionados con su autoestima, sus habilidades sociales y prácticas que son indispensables para una vida autónoma e independiente.

 

 

 

  1. 5.     Entorno Educativo:  Información de la Trayectoria Educativa

 

¿Ha estado vinculado en otra institución educativa, fundación o modalidad de educación inicial?

NO ___ ¿Por qué?

 

SI ___ ¿Cuáles?

Ultimo grado cursado:

¿Aprobó?

SI__ NO___

Observaciones: (incluir motivos del cambio de la modalidad o de la institución educativa)

 

¿Se recibe informe pedagógico cualitativo que describa el proceso de desarrollo y aprendizaje del estudiante y/o PIAR?

NO ___ SI __

 ¿De qué institución o modalidad proviene el informe?

 

 

¿Está asistiendo en la actualidad a programas complementarios?  NO ___ SI __

¿Cuáles?  (Ejemplo: Deportes, danzas, música, pintura, recreación, otros cursos)  

 

Áreas que le ofrecen mayor dificultad al estudiante para su aprendizaje:

 

 

DIMENSION PARTICIPACION E INCLUSION SOCIAL

DESCRIPCION

En esta dimensión es esencial reconocer las redes y los grupos en los que el estudiante participa, cómo se desenvuelve en estos, con qué apoyos comunitarios y de familia extensa cuenta, y si se siente parte activa (o no) de la vida en sociedad. 

 

 

DIMENSION HABILIDADES INTELECTUALES

DESCRIPCION

Percepción de los docentes de aula, con respecto al rendimiento del estudiante en su asignatura, en relación a memoria, atención, procesos de razonamiento, lectura y escritura, lenguaje y comunicación, dominio de contenidos específicos. 

 

 

Nombre y firma de participantes en el proceso:

 

Nombre completo

Rol

Firma

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Anexo 2. Plan Individual de Ajustes Razonables – PIAR-

 


ANEXO 2

Plan Individual de Ajustes Razonables – PIAR –

Fecha de elaboración: 

Institución educativa:

IE. EDUARDO FERNADEZ BOTERO 

Sede:

Jornada:

 

Docentes vinculados y área:

 

 

DATOS DEL ESTUDIANTE

Nombre del estudiante:

Grado:

 

  1. Características del Estudiante:

1.1. Descripción general del estudiante con énfasis en gustos e intereses o aspectos que le desagradan, expectativas del estudiante y la familia.

1.2. Descripción en términos de lo que hace, puede hacer o requiere apoyo el estudiante para favorecer su proceso educativo.

Indique las habilidades, competencias, cualidades, aprendizajes con las que cuenta el estudiante para el grado en el que fue matriculado.

 

 

  1. Ajustes Razonables.

ÁREAS/

APRENDIZAJES

OBJETIVOS/

PROPÓSITOS

DESEMPEÑO ESPERADO

(Estas son para todo el grado, de acuerdo con los EBC y los DBA)

Barreras que se evidencian en el contexto sobre las áreas que se deben trabajar  

AJUSTES RAZONABLES

(Apoyos/estrategias)

EVALUACIÓN DE LOS AJUSTES

(Dejar espacio para observaciones. Realizar seguimiento 3 veces en el año como mínimo- de acuerdo con la periodicidad establecida en el SIEP 

Matemáticas

 

 

 

 

 

Geometría

 

 

 

 

Lenguaje

 

 

 

 

Ciencias Naturales

 

 

 

 

Ciencias sociales

 

 

 

 

Tecnología e Informática

 

 

 

 

Educación artística

 

 

 

 

Educación ética y en valores humanos

 

 

 

 

Educación Física, Recreación y Deportes

 

 

 

 

Inglés

 

 

 

 

Ciencias Naturales: Química

 

 

 

 

Ciencias Naturales: Física

 

 

 

 

Ciencias Económicas

 

 

 

 

Filosofía

 

 

 

 

 

  1. 3.     Recomendaciones para el plan de mejoramiento institucional para la eliminación de barreras y la creación de procesos para la participación, el aprendizaje y el progreso de los estudiantes.

 

 

ACTORES

ACCIONES

ESTRATEGIAS A IMPLEMENTAR

FAMILIA, CUIDADORES O CON QUIENES VIVE

 

 

DOCENTES

 

 

DIRECTIVOS

 

 

ADMINISTRATIVOS

 

 

PARES (Sus compañeros)

 

 

 

 

Firma y cargo de los participantes y vinculados al proceso:

 

Nombre completo

Rol

Firma

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Anexo 3. Acta de Acuerdo del PIAR

 

 

ACTA DE ACUERDO

Plan Individual de Ajustes Razonables – PIAR –

ANEXO 3  

Fecha: 

 

Institución Educativa:

 

Sede:

 

 

Nombre del estudiante

Número Documento de Identificación

Edad

Grado

 

 

 

 

 

 

Nombres equipo directivos y                    de      docentes

 

 

 

 

Nombres familia del estudiante

 

 

 

 


Según el Decreto 1421 de 2017 la educación inclusiva es un proceso permanente que reconoce, valora y responde a la diversidad de características, intereses, posibilidades y expectativas de los estudiantes para promover su desarrollo, aprendizaje y participación, en un ambiente de aprendizaje común, sin discriminación o exclusión.

 

La inclusión solo es posible cuando se unen los esfuerzos del colegio, el estudiante y la familia. De ahí la importancia de formalizar con las firmas, la presente Acta Acuerdo.

 

 El Establecimiento Educativo ha realizado la valoración y definido los ajustes razonables que facilitarán al estudiante su proceso educativo.

 

La Familia se compromete a cumplir y firmar los compromisos señalados en el PIAR y en las actas de acuerdo, para fortalecer los procesos escolares del estudiante y en particular a: (Incluya aquí los compromisos específicos para implementar en el aula que requieran ampliación o detalle adicional al incluido en el PIAR).

 

 

Y en casa apoyará con las siguientes actividades:

 

Nombre de la Actividad

Descripción de la estrategia

Frecuencia D Diaria, S Semanal, P Permanente

D __ S__ P__

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Firma de los Actores comprometidos:

 

Nombre completo

Rol

Firma

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Anexo 4. Diseño Universal para el Aprendizaje – DUA-

 

El Diseño Universal para el Aprendizaje es un enfoque didáctico que pretende aplicar los principios del DU al diseño del currículo de los diferentes niveles educativos.

 

El enfoque DUA pone el foco de atención en el diseño del currículo escolar para explicar por qué hay alumnos que no llegan a alcanzar los aprendizajes previstos.

 

Los resultados de las investigaciones del (Centro de Tecnología Especial Aplicada, CAST), revelaron dos evidencias fundamentales para el diseño del marco de aplicación del enfoque DUA. Por un lado, la diversidad que presentan los estudiantes en cuanto a estructura y configuración cerebral se traduce en una gran variabilidad respecto a la manera que tienen de acceder y procesar la información, al modo en que planifican, ejecutan y monitorizan diferentes tareas, y a la forma en que se motivan e implican en su propio aprendizaje. Esto es, las diferencias existentes entre las redes cerebrales de reconocimiento, estratégicas y afectivas de los alumnos se manifiestan en diversas formas de aprender. Por tanto, el currículo debe estar diseñado universalmente, para que contemple la singularidad de cada alumno y haga posible el éxito educativo a todos. Por otro lado, la flexibilidad inherente a los medios digitales posibilita llevar a la práctica esta personalización del currículo. Las nuevas tecnologías son esenciales para la aplicación del DUA. Las evidencias sobre el funcionamiento y la diversidad de las redes cerebrales, así como las oportunidades que ofrecen los medios digitales para personalizar el proceso de aprendizaje, se complementan con la identificación de teorías y prácticas educativas que han demostrado su éxito para reducir barreras en la enseñanza. Así, el DUA hace referencia a la teoría de las inteligencias múltiples de Gardner y al constructivismo de Vygotsky, haciendo hincapié en la Zona de Desarrollo Próximo (ZDP) y en el concepto de andamiaje (Rose y Meyer, 2002). A partir de esta investigación, el CAST desarrolló el marco de implementación del Diseño Universal para el Aprendizaje en el aula. Como se ha señalado ya, dicho marco está estructurado en tres principios básicos, cada uno de los cuales se desarrolla a través de tres pautas de aplicación y de varias claves o puntos de verificación. Cada principio se corresponde con una de las tres redes cerebrales implicadas en el aprendizaje que se han explicado anteriormente.

 

Principios del DUA Los tres principios del DUA sientan las bases del enfoque y en torno a ellos se construye el marco práctico para llevarlo a las aulas. Estos principios se han convertido en un referente obligado que aparece en la mayoría de la bibliografía científica sobre el tema. Como se ha explicado más arriba, se corresponden con las tres redes cerebrales implicadas en el aprendizaje que se han descrito en el apartado tercero. Son los siguientes (CAST, 2011: 3-4): 19

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Contador de visitas

Totales
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Mes
362
Día
52

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